Móstoles (BOCM-20230614-80)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 140
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023
Pág. 447
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 23 de mayo de 2023, (Acuerdo número 29/338), por el que se aprueba la convocatoria para la Concesión de Ayudas de
Emergencia a familias en situación de vulnerabilidad económica y/o social producida por
el impacto del COVID-19 en régimen de libre concurrencia competitiva.
(BDNS número 700478)
Conforme a lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria.
Primero. Personas beneficiarias.—Podrán ser solicitantes de las Ayudas de Emergencia las personas empadronadas en el municipio de Móstoles que estén desempleadas e
inscritas como demandante de empleo o en situación de mejora de empleo del Servicio de
Empleo Estatal (SEPE).
Segundo. Objeto.—El establecimiento de la convocatoria que regulará la concesión
de Ayudas de Emergencia a familias en situación de vulnerabilidad económica y/o social
producida por el impacto del COVID-19.
Tercero. Bases reguladoras.—De la convocatoria para Ayudas de Emergencia a familias en situación de vulnerabilidad económica y/o social producida por el impacto del
COVID-19.
Las bases reguladoras para la concesión de Ayudas de Emergencia fueron aprobadas por
acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 29 de noviembre de 2022, (Acuerdo número 15/1049),
publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2022
(número 303), rectificadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de
abril de 2023 (número 93).
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total destinada a las Ayudas de Emergencia será la correspondiente a la financiación establecida de forma anual en el Convenio firmado con la
Comunidad de Madrid.
Las cuantías correspondientes a los años 2022 y 2023 serán las que se indican a continuación, pudiendo destinarse los gastos no ejecutados en el año 2022 al presupuesto de gastos del ejercicio 2023.
Año 2022
365.968,61 €
Año 2023
365.968,61 €
Las cuantías máximas de subvención por concepto serán las siguientes:
IMPORTE MÁXIMO
1.500,00 €
Familiares
3.500,00 €
Vivienda
6.000,00 €
Comedor escolar
2.000,00 €
Escuelas infantiles
2.000,00 €
Formación
2.000,00 €
Otras que pudieran desarrollarse en el marco de una intervención social por los Servicios sociales, tercer
sector y/o entidades especializadas
2.000,00 €
Asistencia médica
2.000,00 €
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el
30 de septiembre de 2023 incluido.
BOCM-20230614-80
GASTO
Alimentación. Higiene y limpieza
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 140
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023
Pág. 447
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 23 de mayo de 2023, (Acuerdo número 29/338), por el que se aprueba la convocatoria para la Concesión de Ayudas de
Emergencia a familias en situación de vulnerabilidad económica y/o social producida por
el impacto del COVID-19 en régimen de libre concurrencia competitiva.
(BDNS número 700478)
Conforme a lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria.
Primero. Personas beneficiarias.—Podrán ser solicitantes de las Ayudas de Emergencia las personas empadronadas en el municipio de Móstoles que estén desempleadas e
inscritas como demandante de empleo o en situación de mejora de empleo del Servicio de
Empleo Estatal (SEPE).
Segundo. Objeto.—El establecimiento de la convocatoria que regulará la concesión
de Ayudas de Emergencia a familias en situación de vulnerabilidad económica y/o social
producida por el impacto del COVID-19.
Tercero. Bases reguladoras.—De la convocatoria para Ayudas de Emergencia a familias en situación de vulnerabilidad económica y/o social producida por el impacto del
COVID-19.
Las bases reguladoras para la concesión de Ayudas de Emergencia fueron aprobadas por
acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 29 de noviembre de 2022, (Acuerdo número 15/1049),
publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2022
(número 303), rectificadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de
abril de 2023 (número 93).
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total destinada a las Ayudas de Emergencia será la correspondiente a la financiación establecida de forma anual en el Convenio firmado con la
Comunidad de Madrid.
Las cuantías correspondientes a los años 2022 y 2023 serán las que se indican a continuación, pudiendo destinarse los gastos no ejecutados en el año 2022 al presupuesto de gastos del ejercicio 2023.
Año 2022
365.968,61 €
Año 2023
365.968,61 €
Las cuantías máximas de subvención por concepto serán las siguientes:
IMPORTE MÁXIMO
1.500,00 €
Familiares
3.500,00 €
Vivienda
6.000,00 €
Comedor escolar
2.000,00 €
Escuelas infantiles
2.000,00 €
Formación
2.000,00 €
Otras que pudieran desarrollarse en el marco de una intervención social por los Servicios sociales, tercer
sector y/o entidades especializadas
2.000,00 €
Asistencia médica
2.000,00 €
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el
30 de septiembre de 2023 incluido.
BOCM-20230614-80
GASTO
Alimentación. Higiene y limpieza