C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230614-28)
Plan estratégico subvenciones – Orden del 1 de junio de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica el Plan estratégico para la concesión a Avalmadrid, S. G. R., de una subvención para la constitución de un fondo específico destinado a la creación y mantenimiento del empleo en el colectivo de empresarios autónomos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023
Pág. 141
3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación
La ampliación de la aportación de la Comunidad de Madrid al convenio subvención,
ascenderá a 500.000 euros, y se llevará a cabo con cargo a la Sección 13 del programa 241N
del Centro Gestor 120270000 Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, subconcepto 77310 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados automáticamente hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y 3 del Decreto 137/2022, de 28 de
diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de
los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor
de los presupuestos generales para 2023, mediante fondos recibidos del Servicio Público de
Empleo Estatal, del Ministerio de Trabajo y Economía Social, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, al amparo de la Orden TES/441/2022, de 17 de
mayo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2022, para
su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no financiados
con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan Reincorpora-T 2019-2021.
4. Plazo de ejecución
La concesión de los avales afectos al fondo específico podrá realizarse hasta el 19 de
diciembre de 2024.
La vigencia del Plan Estratégico para la concesión a Avalmadrid, S. G. R., de una subvención para la constitución de un fondo específico destinado a la creación y mantenimiento del empleo en el colectivo de empresarios autónomos se extenderá hasta el 19 de diciembre de 2025.
A través de los diversos instrumentos financieros que ofrecen las entidades de crédito,
los autónomos que desean ver crecer su negocio y realizar inversiones en el mismo, cuentan con el anticipo, en forma de préstamo personal, que les permite cubrir los costes que no
pueden sufragar con las ayudas públicas. Los requisitos de las entidades de crédito son exigentes, y exigen avales sirven de garantía de la actividad respecto de la cual conceden el
préstamo, requisitos que muchas veces son difícilmente acreditables, sobre todo, si nos estamos refiriendo a un colectivo que pretende consolidarse en el mercado. Precisamente por
ello, y para atender una demanda social que opera como medida necesaria para el mantenimiento de los negocios y el fomento del crecimiento y consolidación del empleo por cuenta propia, las subvenciones objeto de este convenio tiene la finalidad de dotar las provisiones necesarias a la entidad Avalmadrid, S. G. R., como consecuencia del riesgo de crédito
que ésta asumirá con el empresario autónomo, a la hora de que accedan a la financiación de
sus inversiones a través de entidades de crédito, cumpliendo lo establecido en el convenio
propuesto, y en la normativa estatal que instrumenta los fondos que sufragan este convenio.
Este programa pretende, por tanto, hacer más accesible la financiación a los autónomos que necesitan mantener su negocio y consolidar su actividad empresarial. Este colectivo constituye el beneficiario final de la subvención, sirviendo este convenio para la garantía requerida a la hora de poder acceder a la financiación crediticia necesaria para el
desarrollo de su actividad empresarial. En concreto, la Comunidad de Madrid tiene especial interés en facilitar a los autónomos que forman parte del tejido empresarial de la Comunidad de Madrid, el acceso a la financiación que les permita el mantenimiento y el crecimiento y consolidación de su actividad, contribuyendo de esta forma a la creación de
empleo y generación de riqueza.
Tanto el mantenimiento o la creación de empleo como la generación de riqueza son aspectos fundamentales en la sociedad actual y cuentan por tanto con un marcado interés público, social y económico. Teniendo en cuenta este marco, la subvención que se enmarca
en el convenio propuesto con Avalmadrid, se configura como una ayuda en dos niveles.
Avalmadrid, que opera como responsable de la gestión del fondo, actúa como intermediario financiero de los beneficiarios finales, los autónomos.
BOCM-20230614-28
5. Efectos
B.O.C.M. Núm. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023
Pág. 141
3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación
La ampliación de la aportación de la Comunidad de Madrid al convenio subvención,
ascenderá a 500.000 euros, y se llevará a cabo con cargo a la Sección 13 del programa 241N
del Centro Gestor 120270000 Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, subconcepto 77310 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados automáticamente hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y 3 del Decreto 137/2022, de 28 de
diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de
los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor
de los presupuestos generales para 2023, mediante fondos recibidos del Servicio Público de
Empleo Estatal, del Ministerio de Trabajo y Economía Social, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, al amparo de la Orden TES/441/2022, de 17 de
mayo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2022, para
su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no financiados
con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan Reincorpora-T 2019-2021.
4. Plazo de ejecución
La concesión de los avales afectos al fondo específico podrá realizarse hasta el 19 de
diciembre de 2024.
La vigencia del Plan Estratégico para la concesión a Avalmadrid, S. G. R., de una subvención para la constitución de un fondo específico destinado a la creación y mantenimiento del empleo en el colectivo de empresarios autónomos se extenderá hasta el 19 de diciembre de 2025.
A través de los diversos instrumentos financieros que ofrecen las entidades de crédito,
los autónomos que desean ver crecer su negocio y realizar inversiones en el mismo, cuentan con el anticipo, en forma de préstamo personal, que les permite cubrir los costes que no
pueden sufragar con las ayudas públicas. Los requisitos de las entidades de crédito son exigentes, y exigen avales sirven de garantía de la actividad respecto de la cual conceden el
préstamo, requisitos que muchas veces son difícilmente acreditables, sobre todo, si nos estamos refiriendo a un colectivo que pretende consolidarse en el mercado. Precisamente por
ello, y para atender una demanda social que opera como medida necesaria para el mantenimiento de los negocios y el fomento del crecimiento y consolidación del empleo por cuenta propia, las subvenciones objeto de este convenio tiene la finalidad de dotar las provisiones necesarias a la entidad Avalmadrid, S. G. R., como consecuencia del riesgo de crédito
que ésta asumirá con el empresario autónomo, a la hora de que accedan a la financiación de
sus inversiones a través de entidades de crédito, cumpliendo lo establecido en el convenio
propuesto, y en la normativa estatal que instrumenta los fondos que sufragan este convenio.
Este programa pretende, por tanto, hacer más accesible la financiación a los autónomos que necesitan mantener su negocio y consolidar su actividad empresarial. Este colectivo constituye el beneficiario final de la subvención, sirviendo este convenio para la garantía requerida a la hora de poder acceder a la financiación crediticia necesaria para el
desarrollo de su actividad empresarial. En concreto, la Comunidad de Madrid tiene especial interés en facilitar a los autónomos que forman parte del tejido empresarial de la Comunidad de Madrid, el acceso a la financiación que les permita el mantenimiento y el crecimiento y consolidación de su actividad, contribuyendo de esta forma a la creación de
empleo y generación de riqueza.
Tanto el mantenimiento o la creación de empleo como la generación de riqueza son aspectos fundamentales en la sociedad actual y cuentan por tanto con un marcado interés público, social y económico. Teniendo en cuenta este marco, la subvención que se enmarca
en el convenio propuesto con Avalmadrid, se configura como una ayuda en dos niveles.
Avalmadrid, que opera como responsable de la gestión del fondo, actúa como intermediario financiero de los beneficiarios finales, los autónomos.
BOCM-20230614-28
5. Efectos