C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230614-30)
Bases subvenciones –  Orden 748/2022, de 23 de diciembre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, “Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023

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sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos
y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma, entre los que se
encuentra el sistema Cl@ve.
5. Las entidades beneficiarias deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro, mediante certificación administrativa emitida por los organismos competentes que se
recabará de oficio por la Dirección General con competencias en materia de Política Digital, salvo que manifiesten de forma expresa su oposición.
6. La presentación de la solicitud supone la aceptación, por parte de la persona interesada, del contenido de esta Orden y de la convocatoria correspondiente.
7. La documentación presentada de forma telemática debe realizarse indexada y en
archivos independientes, cuya denominación haga una descripción clara del documento
aportado, con nitidez suficiente para que sean fácilmente legibles, en particular lo referente a fechas y firmas. Las fotografías deberán ser preferentemente en color.
8. Todos los documentos relacionados en este artículo deberán ser de fecha anterior
a la finalización del plazo de solicitud de subvención (en estos límites temporales está incluido el visado de los proyectos).
Artículo 24
La solicitud se presentará mediante el formulario web, debidamente cumplimentado y
firmado por solicitante o representante habilitado para ello, conforme al procedimiento establecido en esta convocatoria, e irá acompañada de la siguiente documentación debidamente indexada.
Documentación a entregar respecto a identificación, representación, habilitación y
acuerdo/acta obras:
a) Si se actúa a través de representante se deberá aportar acta de nombramiento de representante, acuerdo de representación, escritura de poder o nota de encargo.
b) En caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y cooperativas (artículo 396 del Código Civil): certificado del secretario o
secretario-administrador que refleje el acuerdo de la Junta de Propietarios de aprobación de las obras (descripción de las obras, presupuesto, empresa…) con el visto bueno del presidente, así como aprobación de la solicitud de la subvención.
Documentación justificativa de que la intervención es subvencionable:
a) Informe Técnico de Renovación, según el modelo normalizado por la Secretaría
de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (anexo VI), suscrito por titulado o titulada competente en materia de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (ICT), en el que se indicará la tipología de actuación en la que
se encuadra la subvención solicitada, descripción de la actuación subvencionable,
y cuantía máxima de la subvención solicitada, y el presupuesto aprobado de sus
honorarios profesionales. (Anexo VI).
b) Presupuesto desglosado, según el modelo normalizado por la Secretaría de Estado
de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (anexo IV), aprobado por la
propiedad a la empresa instaladora de telecomunicaciones registrada para la ejecución de la actuación acordada; presupuesto que será realizado en base a lo previsto en el Informe Técnico de Renovación, antes citado. (Anexo IV).
c) En obras superiores a 40.000 euros, o 15.000 euros para suministros o servicios, 3
ofertas de distintos proveedores en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, excepto que se hubiera firmado el contrato de ejecución con
anterioridad a la publicación de la convocatoria.
d) Solicitud y/o licencia urbanística cuando sea precisa. Declaración responsable o autorización municipal análoga, indicando tipología y fecha de solicitud o concesión.
e) Si las obras están iniciadas, certificado del inicio de las obras firmado por técnico
titulado competente o acta de replanteo, firmada y fechada por director de la obra,
empresa instaladora y con el visto bueno de la propiedad.
Documentación a entregar para acreditar año de construcción del edificio:
a) Consulta descriptiva y gráfica de datos catastrales del inmueble en el que se van a
llevar a cabo las actuaciones, que acredite el uso y su año de conclusión, que debe

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Documentación que debe acompañar las solicitudes