C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230614-24)
Bases reguladoras becas –  Orden 1945/2023, de 2 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueban bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 140

Europeo Plus (FSE+), los Estados miembros deberán garantizar la legalidad y la regularidad del gasto incluido en las cuentas presentadas a la Comisión y emprenderán todas las acciones necesarias para prevenir irregularidades, incluido el fraude, detectarlas, corregirlas
e informar sobre ellas.
Artículo 26
Procedimiento de las renuncias y cambios de centro
1. Si por cualquier causa un beneficiario de la beca quisiera ejercer el derecho de renuncia, deberá comunicarlo por escrito, conforme al modelo que se establezca, a la dirección general competente en materia de Becas y ayudas al estudio, y perderá su condición
de beneficiario y en consecuencia todos los derechos que le correspondieran como tal.
2. En el caso de que el alumno beneficiario de la beca se cambie a lo largo del curso
a otro centro de titularidad privada, dicha circunstancia será inmediatamente comunicada,
conforme al modelo que se establezca, a la dirección general competente en materia de Becas y ayudas al estudio, a efectos del traslado de la beca siempre que se mantengan los requisitos establecidos en el artículo 4.
Artículo 27
Reintegro
1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la beca hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los casos y procedimiento previstos en los artículos 36, 37
y 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Las renuncias por parte de los beneficiarios a la beca concedida darán lugar a su
reintegro inmediato.
3. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público. El interés de demora aplicable será el interés legal del dinero incrementado en un 25 %,
salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado o la normativa comunitaria aplicable establezcan otro diferente, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.6 de la
Ley General Tributaria.
4. La incoación, instrucción y la resolución del procedimiento de reintegro corresponden a la dirección general competente en materia de Becas y ayudas al estudio. El procedimiento, cuyo plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de doce meses
desde la fecha del acuerdo de iniciación, tendrá carácter administrativo.
5. La resolución de reintegro será notificada a la persona interesada con indicación
de la forma y plazo en que deba efectuarse el reintegro.
Artículo 28
Publicación de las convocatorias
Las convocatorias se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID en forma de extracto. El texto íntegro de la convocatoria se publicará en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones.
Artículo 29
En lo referente a la obtención de los datos personales de los alumno solicitantes de beca
y a la seguridad y confidencialidad de estos, se atenderá a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en todo caso, a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo
y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Artículo 30
Medidas de información y comunicación sobre el apoyo del Fondo Social Europeo
Los centros de enseñanza quedan obligados al cumplimiento de las medidas de información y comunicación sobre el apoyo procedente del FSE, conforme a lo establecido en

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Datos personales de los alumnos solicitantes