B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230613-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1399/2023, de 25 de mayo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Enfermería, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 16
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 139
Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De
igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de
tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo
de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de
mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 113, de 14 de mayo), y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación
solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente,
de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar
certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.
En el caso de aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso en condiciones de igualdad a la realización de los ejercicios de que consta este proceso selectivo,
con independencia del momento en el que estas lo soliciten.
4. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.
5. En el caso de que las plazas incluidas en esta convocatoria implicaran contacto habitual con menores, las personas aspirantes no podrán haber sido condenadas por sentencia
firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el
artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia
y adolescencia frente a la violencia.
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no
haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España,
no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
La acreditación de este requisito se efectuará en los términos dispuestos en la base décima, apartados 2 y 3 de la presente convocatoria.
Cuarta
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposicionesadministracion-servicios-comunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid
Para ello, es necesario que la persona que realice la presentación disponga de uno de
los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, expedidos por
prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación,
así como tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección
“Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”.
Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación y anexado de la documentación que corresponda de entre las
que se indican en el apartado 3 de esta base, de acuerdo con las instrucciones que también
constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se
refiere la base quinta de la presente orden.
Finalizada la cumplimentación del formulario, el sistema le permitirá confirmarlo y
enviarlo, procediéndose a la firma y registro electrónico de la solicitud, tras lo cual se generará un justificante de presentación que deberá guardar.
BOCM-20230613-2
Solicitudes y plazo de presentación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 139
Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De
igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de
tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo
de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de
mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 113, de 14 de mayo), y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación
solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente,
de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar
certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.
En el caso de aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso en condiciones de igualdad a la realización de los ejercicios de que consta este proceso selectivo,
con independencia del momento en el que estas lo soliciten.
4. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.
5. En el caso de que las plazas incluidas en esta convocatoria implicaran contacto habitual con menores, las personas aspirantes no podrán haber sido condenadas por sentencia
firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el
artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia
y adolescencia frente a la violencia.
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no
haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España,
no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
La acreditación de este requisito se efectuará en los términos dispuestos en la base décima, apartados 2 y 3 de la presente convocatoria.
Cuarta
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposicionesadministracion-servicios-comunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid
Para ello, es necesario que la persona que realice la presentación disponga de uno de
los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, expedidos por
prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación,
así como tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección
“Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”.
Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación y anexado de la documentación que corresponda de entre las
que se indican en el apartado 3 de esta base, de acuerdo con las instrucciones que también
constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se
refiere la base quinta de la presente orden.
Finalizada la cumplimentación del formulario, el sistema le permitirá confirmarlo y
enviarlo, procediéndose a la firma y registro electrónico de la solicitud, tras lo cual se generará un justificante de presentación que deberá guardar.
BOCM-20230613-2
Solicitudes y plazo de presentación