Delegación del Gobierno en Madrid (BOCM-20230613-49)
Área Funcional de Industria y Energía. Autorización administrativa
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BOCM

MARTES 13 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 139

d Sexto tramo aéreo: 374,84 metros en doble circuito 132/220 kV, desde el
apoyo 93 PAS hasta el apoyo 94 PAS. Ninguna modificación con respecto al proyecto original.
d Quinto tramo subterráneo: 1.925,18 metros, en triple circuito 132/132/220 kV
desde el apoyo 94 PAS hasta AP 100 PAS. Se soterra por la misma traza
respecto al tramo aéreo del proyecto original.
d Séptimo tramo aéreo: 2.979,69 metros en doble circuito 132/220 kV, desde
el apoyo 100 PAS hasta el apoyo 112. Ninguna modificación con respecto al proyecto original.
d Octavo tramo aéreo: 60,85 metros en simple circuito 132 kV, desde el
apoyo 112 hasta la SET Morata Renovables. Ninguna modificación con
respecto al proyecto original.
— Adenda Subestación Morata Renovables 400/132/30 kV: la subestación se ubica
en el término municipal de Morata de Tajuña (Madrid). Dispondrá de 2 transformadores de potencia trifásicos con relación de potencia 400/132/30 kV, uno
de 430/430/70 MVA para refrigeración ONAN/ONAF/ODAF y otro de 280/280/70
MVA ONAN/ONAF/ODAF.
Las líneas de llegada en 132 kV procedentes de las subestaciones Mauricio, Regata y Galatea serán aéreas. La línea de salida 400 kV de la subestación Morata Renovables a la subestación Morata 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España,
será aérea.
El sistema de 400 kV de la subestación responderá a una configuración barra
simple con dos posiciones de transformador y una posición de salida de línea a
la subestación Morata 400 kV (REE).
Se dispone de dos autotransformadores de potencia trifásicos de instalación intemperie que permitirán elevar la tensión de 132 a 400 kV.
El transformador 430/430/70 MVA dispone de una configuración asociada en 132 kV
simple barra que permitirá la evacuación de las subestaciones Mauricio y Regata que contará con tres posiciones: una posición de transformador, una posición de llegada de línea proveniente de la SET Regata, y una posición de llegada de línea proveniente de la SET Mauricio.
El transformador 280/280/70 MVA dispone de una configuración asociada en
Configuración simple barra que permitirá la evacuación de la subestación Galatea
que contará con dos posiciones: una posición de transformador, otra posición de
llegada de línea proveniente de la SET Galatea.
Todas las posiciones de 400 y 132 kV debidamente equipadas con los elementos
de maniobra, medida y protección necesarios para su operación segura.
— Línea de evacuación aérea de 400 kV: la línea de alta tensión 400 kV que conecta
la subestación Morata Renovables 400/132 kV con la subestación Morata 400 kV,
propiedad de REE, no sufre modificaciones.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, la instalación fotovoltaica “Recova Solar de 72,5 MW de potencia instalada, las
subestaciones eléctricas Recova 30/220 kV y Morata Renovables 400/132 kV e infraestructura de evacuación en la provincia de Madrid”, al referirse a una instalación de competencia
estatal, corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio
para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como órgano sustantivo, emitir las resoluciones relativas a la Autorización Administrativa Previa, Declaración, en concreto, de
Utilidad Pública y Autorización Administrativa de Construcción.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la citada Ley 24/2013, y en el artículo 149 del mencionado Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes
o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
El proyecto incluye relación de bienes y derechos, a los efectos del artículo 56, Ley 24/2013
del Sector Eléctrico.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios
y demás titulares afectados por la actuación proyectada, cuya relación se inserta al final de
este anuncio, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos
sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos y puedan aportar por escrito

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