B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230612-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1400/2023, de 25 de mayo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Escala de Farmacia, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 138
teria, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la
dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier
espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de
trámite que se deriven del proceso selectivo.
5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso
selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Quinta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la
base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación y en el campo Observaciones del pago de la Tasa, “Acceso Técnicos Superiores
Salud Pública, Farmacia A1”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar
en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por
derechos de examen de procesos selectivos de los que se deriven la formación de lista espera o bolsa trabajo correspondiente a la Titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I, y
que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.
3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
presente proceso selectivo, en los términos recogidos en la base cuarta de esta convocatoria.
Sexta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
Séptima
1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por resolución de
la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de
la Orden 1285/1999, de 11 de mayo.
2. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, este órgano de selección quedará incluido en la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el
artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y siéndole de aplicación el importe de las cuantías establecidas en la Orden de 16 de
marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece
el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
3. El régimen jurídico aplicable al Tribunal Calificador será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, en la Orden de 1 de julio de 2022, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agi-
BOCM-20230612-2
Tribunal Calificador
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B.O.C.M. Núm. 138
teria, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la
dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier
espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de
trámite que se deriven del proceso selectivo.
5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso
selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Quinta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la
base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación y en el campo Observaciones del pago de la Tasa, “Acceso Técnicos Superiores
Salud Pública, Farmacia A1”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar
en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por
derechos de examen de procesos selectivos de los que se deriven la formación de lista espera o bolsa trabajo correspondiente a la Titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I, y
que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.
3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
presente proceso selectivo, en los términos recogidos en la base cuarta de esta convocatoria.
Sexta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
Séptima
1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por resolución de
la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de
la Orden 1285/1999, de 11 de mayo.
2. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, este órgano de selección quedará incluido en la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el
artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y siéndole de aplicación el importe de las cuantías establecidas en la Orden de 16 de
marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece
el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
3. El régimen jurídico aplicable al Tribunal Calificador será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, en la Orden de 1 de julio de 2022, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agi-
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