C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230609-24)
Bases ayudas – Orden 1276/2023, de 26 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se rectifica un error material detectado en la Orden 596/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 136
VIERNES 9 DE JUNIO DE 2023
Pág. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
24
ORDEN 1276/2023, de 26 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se rectifica un error material detectado en la
Orden 596/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas
a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad.
Mediante la Orden 596/2023 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura se han convocado para el año 2023 la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024
de ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y el pago de su primera anualidad.
Esta Orden fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 70, de 23 de marzo de 2023.
Advertido error material en la exigencia de información a incluir en la solicitud única
que debe presentarse como parte de la tramitación de la solicitud de incorporación al programa agroambiental, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
que se señala que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho
o aritméticos existentes en sus actos”.
DISPONGO
Primero
Rectificación del error
Rectificar el error material apreciado en la Orden 596/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad y por tanto:
Donde dice:
“Artículo 4
Solicitar anualmente el pago de la ayuda de apicultura para la biodiversidad en la
“Solicitud única de pagos directos y otras ayudas del desarrollo rural” regulada en
el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas para la Solicitud Única y en la orden anual convocada para la anualidad que
proceda. En ella se incluirá la declaración de colmenas, ubicación de colmenares
y superficies de recintos para esa anualidad. Para lo cual también se presentará un
Plan de Anual de Explotación y Manejo, conforme al modelo del Anexo III “Plan
anual de explotación y manejo”.
Deberá decir:
“Artículo 4
i)
Solicitar anualmente el pago de la ayuda de apicultura para la biodiversidad en la
“Solicitud única de pagos directos y otras ayudas del desarrollo rural” regulada en
el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas para la Solicitud Única y en la orden anual convocada para la anualidad que
proceda. En ella se incluirá la declaración de colmenas y ubicación de colmena-
BOCM-20230609-24
i)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 136
VIERNES 9 DE JUNIO DE 2023
Pág. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
24
ORDEN 1276/2023, de 26 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se rectifica un error material detectado en la
Orden 596/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas
a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad.
Mediante la Orden 596/2023 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura se han convocado para el año 2023 la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024
de ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y el pago de su primera anualidad.
Esta Orden fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 70, de 23 de marzo de 2023.
Advertido error material en la exigencia de información a incluir en la solicitud única
que debe presentarse como parte de la tramitación de la solicitud de incorporación al programa agroambiental, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
que se señala que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho
o aritméticos existentes en sus actos”.
DISPONGO
Primero
Rectificación del error
Rectificar el error material apreciado en la Orden 596/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad y por tanto:
Donde dice:
“Artículo 4
Solicitar anualmente el pago de la ayuda de apicultura para la biodiversidad en la
“Solicitud única de pagos directos y otras ayudas del desarrollo rural” regulada en
el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas para la Solicitud Única y en la orden anual convocada para la anualidad que
proceda. En ella se incluirá la declaración de colmenas, ubicación de colmenares
y superficies de recintos para esa anualidad. Para lo cual también se presentará un
Plan de Anual de Explotación y Manejo, conforme al modelo del Anexo III “Plan
anual de explotación y manejo”.
Deberá decir:
“Artículo 4
i)
Solicitar anualmente el pago de la ayuda de apicultura para la biodiversidad en la
“Solicitud única de pagos directos y otras ayudas del desarrollo rural” regulada en
el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas para la Solicitud Única y en la orden anual convocada para la anualidad que
proceda. En ella se incluirá la declaración de colmenas y ubicación de colmena-
BOCM-20230609-24
i)