C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230608-20)
Normas reguladoras subvenciones –  Acuerdo de 24 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa de incentivos a la contratación de personas empleadas de hogar para la conciliación de la vida familiar y laboral
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 135

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JUNIO DE 2023

tre mujeres y hombres en el acceso, permanencia y promoción en el empleo, así como la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Las singulares circunstancias y razones de interés público, social y económico ligadas
a las cada vez mayores necesidades de conciliación de la vida laboral y familiar, así como
a la consecución de la plena igualdad en el desarrollo profesional, aconsejan el establecimiento de procedimientos ágiles y eficaces que favorezcan y faciliten la contratación de
personas destinadas al cuidado de hijos u otros familiares dependientes o con discapacidad
en el ámbito doméstico, evitando dilaciones en los plazos de otorgamiento de las ayudas y
en su percepción por los beneficiarios, a través de un calendario de presentación de solicitudes previamente establecido y financiando los costes laborales en los que incurre el empleador a lo largo del ejercicio anual, motivo por el cual la concesión de estas ayudas se establece por el procedimiento de concesión directa, sin concurrencia entre los solicitantes y
sin la necesidad de valorar y resolver conjuntamente las solicitudes presentadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
El contenido de este acuerdo tiene en cuenta los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así, las medidas contenidas en el mismo dan cumplimiento a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, al haber sido adoptadas por razones de interés general y al
identificar con claridad el fin perseguido, como es, por un lado, facilitar la conciliación de
la vida laboral y familiar, especialmente de las mujeres y, por otro, reforzar aquellas otras
medidas destinadas al fomento del empleo, a través de la contratación de personas empleadas de hogar, contribuyendo, a su vez, a la lucha contra el empleo irregular, conteniendo la
regulación imprescindible para la consecución de los citados objetivos.
En cumplimiento del principio de transparencia, la normativa reguladora contenida en este
acuerdo, además de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones junto a la declaración de los créditos disponibles y ayudas concedidas al amparo de la misma, que serán objeto de publicación, a su vez, en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, da continuidad a un marco normativo más eficaz, integrado y coherente
con el resto del ordenamiento jurídico, cumpliendo con el principio de seguridad jurídica y
no supone el establecimiento de cargas administrativas innecesarias a las personas empleadas de hogar y a los titulares del hogar familiar que procedan a su contratación, en aplicación del principio de eficiencia.
Las subvenciones que se concedan al amparo del presente acuerdo tendrán la consideración de subvenciones públicas, por lo que se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Este programa de ayudas se encuentra incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones, gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, para el año 2023, aprobado por Orden de 18 de noviembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, contribuyendo al logro de los objetivos de
reducción del desempleo y fomento de la estabilidad en el empleo, disminución de la brecha de género y a facilitar el acceso al empleo de personas con mayores dificultades de inserción laboral, entre las que se encuentran las mujeres.
Durante la tramitación de este acuerdo han sido emitidos los informes de carácter preceptivo. En particular, ha sido emitido el informe justificativo de la concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión directa,
de conformidad con lo establecido en el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad de Madrid. Asimismo, el proyecto ha sido informado por la
Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y por la Intervención General de la Comunidad
de Madrid.
Corresponde al Consejo de Gobierno la adopción de este acuerdo, de conformidad con lo
establecido en el artículo 21.z) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 4.5.c) 1.o, de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 24 de mayo de 2023,

Pág. 77

BOCM-20230608-20

BOCM