C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230608-20)
Normas reguladoras subvenciones – Acuerdo de 24 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa de incentivos a la contratación de personas empleadas de hogar para la conciliación de la vida familiar y laboral
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 90
JUEVES 8 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 135
nes; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para
la concesión de ayudas y subvenciones públicas; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre,
por el que se desarrolla parcialmente la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid; y demás normativa de general aplicación.
Artículo 22
Régimen sancionador
Los beneficiarios de las subvenciones estarán sometidos al régimen de infracciones y
sanciones contenido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el contemplado en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de
la Comunidad de Madrid, en tanto no se oponga a lo establecido en aquella.
Artículo 23
Tratamiento de datos de carácter personal
BOCM-20230608-20
Los datos de carácter personal recogidos en el procedimiento serán tratados de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección
de datos personales y garantía de los derechos digitales; o bien en la normativa vigente en
cada momento.
El responsable del tratamiento es la Dirección General del Servicio Público de Empleo, o el órgano que asuma sus competencias, en caso de que se produzcan modificaciones en la estructura de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Ante dicho responsable
podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación y cancelación.
(03/9.498/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 90
JUEVES 8 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 135
nes; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para
la concesión de ayudas y subvenciones públicas; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre,
por el que se desarrolla parcialmente la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid; y demás normativa de general aplicación.
Artículo 22
Régimen sancionador
Los beneficiarios de las subvenciones estarán sometidos al régimen de infracciones y
sanciones contenido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el contemplado en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de
la Comunidad de Madrid, en tanto no se oponga a lo establecido en aquella.
Artículo 23
Tratamiento de datos de carácter personal
BOCM-20230608-20
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de datos personales y garantía de los derechos digitales; o bien en la normativa vigente en
cada momento.
El responsable del tratamiento es la Dirección General del Servicio Público de Empleo, o el órgano que asuma sus competencias, en caso de que se produzcan modificaciones en la estructura de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Ante dicho responsable
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(03/9.498/23)
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ISSN 1989-4791