C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230608-17)
Convocatoria ayudas –  Orden 1728/2023, de 19 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento para la concesión de ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2022-2023, destinadas a los funcionarios de Cuerpos Docentes No Universitarios al servicio de la Comunidad de Madrid
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 135

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JUNIO DE 2023

3. Documentación.
3.1. Documentación general:
La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación.
a) En el caso de abonos anuales:
Copia de la tarjeta de abono transporte y copia de la factura del abono anual,
o en su caso, abonos anuales y/o certificado del Consorcio Regional de
Transportes, acreditando el nombre, apellidos y fechas del abono anual adquirido.
b) En el caso de abonos mensuales:
La Administración consultará de oficio los datos registrados en el Consorcio
Regional de Transportes de Madrid (CRTM) y comprobará la veracidad de
los datos consignados en la solicitud.
En el caso de que el interesado se oponga expresamente al acceso a dicha información, deberá aportar copia de la tarjeta de abono transporte y copias de
los justificantes de abonos de recarga de 30 días correspondientes para el
desplazamiento al centro de trabajo, debiendo acreditarse que el número individual de tarjeta de transporte público (N.o TTP) coincide con dichos justificantes de recarga para que pueda ser asociada su cargo a la misma, así
como, que se ha producido su abono.
Si la consulta de datos al CRTM no devolviera datos, el solicitante saldrá en
la relación provisional de excluidos con la causa: “Consulta CRTM no aporta datos. Debe aportar documentación recargas”; por lo que deberá presentar
escrito de subsanación de solicitudes, junto con la copia de la tarjeta de abono transporte y copias de los justificantes de abonos de recarga de 30 días, en
el plazo de presentación de subsanaciones a dicha relación provisional.
El número de tarjeta de transporte público será comprobado con el número
que conste en los justificantes de recarga mensuales, que deberán ser legibles y deberán estar fotocopiados íntegramente. Si no puede comprobarse la
concordancia entre el número de la tarjeta de transporte público (N.o TTP)
y el justificante de recarga mensual y la fecha de adquisición y uso, esta documentación no podrá ser considerada como justificante del pago, y por tanto no podrá ser concedida la ayuda.
No serán válidos los justificantes de pago en los que no aparezca de manera
expresa el número de la tarjeta de transporte público dado que no pueden ser
asociados con el titular.
c) En defecto de la documentación especificada en los apartados a) y b) anteriores, o que esta no se encuentre en estado para poder ser legible, se deberá aportar certificado del Consorcio Regional de Transportes, acreditando el
nombre, apellidos y fechas de los abonos de 30 días adquiridos o del abono
anual, en su caso.
d) En los supuestos de adquisición de Títulos transporte de Cercanías:
Deberá presentarse copia de los cupones mensuales nominales que deberán
ser perfectamente legibles y coincidir con el DNI del solicitante de la ayuda. El mismo requisito se exigirá a los solicitantes que presenten como documento justificativo copias de los abonos Tarjeta Plus de Renfe.
3.2. Documentación adicional en supuestos especiales.
a) Funcionarios interinos:
Además de la documentación señalada en el apartado anterior los funcionarios docentes interinos deberán presentar la certificación de los servicios
prestados durante el curso escolar 2022-2023. Deberá aportar un certificado
por cada centro de trabajo en que se hayan prestado estos, en el impreso que
se encuentra disponible en la página web que se especifica en el punto 2 de
este apartado. Esta certificación deberá remitirse firmada y sellada por los
Directores de los centros o, en su caso, con la firma electrónica.
b) Funcionarios docentes que presenten movilidad reducida:
Será necesaria la presentación de la copia del certificado de discapacidad
con valoración anexa donde figure el baremo de movilidad que acredite la
incompatibilidad con el uso del transporte público.

Pág. 57

BOCM-20230608-17

BOCM