Getafe (BOCM-20230607-85)
Urbanismo. Plan especial
26 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023
Pág. 257
rentes a no poder superar el 20 por 100 de la superficie total computable de este
uso con respecto a la superficie de manzana o bloque.
h) No es de aplicación para este ámbito la parte relativa a los usos del artículo 150.2
Plantas inferiores a la baja. Sótano del PGOUG, es decir, se permiten los usos vivideros en planta sótano, teniendo en cuenta que consumen edificabilidad.
Art. 25 bis. Concentración de usos no residenciales.—En la zona de contacto con las
traseras de los edificios con frente a la calle Madrid y a la Plaza de la Constitución, se podrán concentrar usos compatibles, sin necesidad de la presencia del uso residencial, ocupando todas las plantas de la edificación. El uso hotelero no participará de esta tolerancia.
Art. 26. Composición de fachadas.—Todas las fachadas recayentes sobre espacio
público en el ámbito del presente Plan Especial organizarán sus huecos y macizos de acuerdo con las siguientes reglas:
1. Trama virtual de composición. Se establecerá una trama virtual de 780 cm en el
eje de abscisas por la altura de los forjados acabados (señalados en el Plano PO.03.1
“Fragmentación fachadas”) en el eje de ordenadas. Esta trama coincidirá, en las abscisas,
con los ejes de pilares de las plantas bajo rasante cuando estos estén indicados en el presente Plan. Cuando dichos pilares no estén señalados dicha trama se iniciará desde una
arista de la edificación.
BOCM-20230607-85
Ilustración 1. Esquema en planta de la relación entre estructura y módulos en fachada.
B.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023
Pág. 257
rentes a no poder superar el 20 por 100 de la superficie total computable de este
uso con respecto a la superficie de manzana o bloque.
h) No es de aplicación para este ámbito la parte relativa a los usos del artículo 150.2
Plantas inferiores a la baja. Sótano del PGOUG, es decir, se permiten los usos vivideros en planta sótano, teniendo en cuenta que consumen edificabilidad.
Art. 25 bis. Concentración de usos no residenciales.—En la zona de contacto con las
traseras de los edificios con frente a la calle Madrid y a la Plaza de la Constitución, se podrán concentrar usos compatibles, sin necesidad de la presencia del uso residencial, ocupando todas las plantas de la edificación. El uso hotelero no participará de esta tolerancia.
Art. 26. Composición de fachadas.—Todas las fachadas recayentes sobre espacio
público en el ámbito del presente Plan Especial organizarán sus huecos y macizos de acuerdo con las siguientes reglas:
1. Trama virtual de composición. Se establecerá una trama virtual de 780 cm en el
eje de abscisas por la altura de los forjados acabados (señalados en el Plano PO.03.1
“Fragmentación fachadas”) en el eje de ordenadas. Esta trama coincidirá, en las abscisas,
con los ejes de pilares de las plantas bajo rasante cuando estos estén indicados en el presente Plan. Cuando dichos pilares no estén señalados dicha trama se iniciará desde una
arista de la edificación.
BOCM-20230607-85
Ilustración 1. Esquema en planta de la relación entre estructura y módulos en fachada.