D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230607-40)
Convenio –  Convenio de 23 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior), el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, el Ayuntamiento de Pelayos de la Presa y el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en materia de seguridad y salvamento en el pantano de San Juan
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 134

Tercera
Financiación
El coste total del dispositivo de seguridad y salvamento establecido por Cruz Roja, que
se desplegará en el período comprendido entre el 24 de junio y el 10 de septiembre, asciende a 170.417,60 euros y será financiado del siguiente modo:
— Cruz Roja Española se hará cargo de los gastos de amortización y otros gastos de
personal, con un coste que asciende a 9.138,23 euros.
— El importe restante, 161.279,37 euros será financiado del siguiente modo:
• La Comunidad de Madrid se hará cargo del 75 por 100 del coste, que corresponde a 120.959,53 euros.
• El Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, del 25 por 100 restante
(40.319,84 euros), costeará el 85 por 100 del mismo, que corresponde a
34.271,86 euros.
• El Ayuntamiento de Pelayos de la Presa, costeará el resto (15 por 100 del 25 por
100 restante), que corresponde a 6.047,98 euros.
El coste de adaptación de accesos y zonas de aparcamiento, así como lo que se derive
de la fase de implantación e información a la población deberá ser financiado por los ayuntamientos.
La documentación justificativa de las actuaciones realizadas por Cruz Roja será la siguiente:
— Respecto al gasto de personal: contratos, nóminas con su correspondiente pago,
TC2 mensual por trabajador y modelo 111 con su correspondiente pago.
— Respecto al resto de gastos: factura con su correspondiente pago.
— Memoria económica.
La relación de gastos justificados se presentará en los modelos de planilla que se adjunta como anexo a este Convenio.
Cruz Roja deberá enviar a la Dirección General de Emergencias la documentación justificativa de las actuaciones realizadas antes del 30 de noviembre de 2023.
El pago a Cruz Roja, por parte de cada una de las administraciones intervinientes, se
realizará mediante una certificación final, previa justificación por parte de Cruz Roja del
cumplimiento de los compromisos adquiridos.
La financiación será con cargo al subconcepto 22802 “Convenios con instituciones sin
fines de lucro” del programa 134 A “Emergencias” de la prórroga del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2023.
Cuarta
Se constituirá una Comisión Mixta como órgano de seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Las partes
someterán a dicha comisión la resolución de las posibles incidencias derivadas de la interpretación, aplicación, cumplimiento, extinción, resolución y efectos del presente convenio.
Estará integrada por un presidente y un secretario designados por la Comunidad de
Madrid y un vocal designado por cada una de las partes.
Esta Comisión Mixta se reunirá como mínimo dos veces, la primera antes del comienzo de la temporada de baño y la segunda al término de la misma, además de las que se consideren pertinentes por solicitud de cualquiera de las partes.
La primera reunión tendrá carácter constitutivo y se celebrará en la sede de la Agencia
de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
La Comisión Mixta tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Seguimiento, vigilancia y control de ejecución de las actuaciones objeto del convenio, así como resolución de controversias en los términos arriba descritos.
b) Propuesta de aprobación de los procedimientos de actuación que se elaboren para
la temporada de baño.
c) Propuesta de aprobación de la Memoria de las Actividades del ejercicio.
d) Estudio y valoración de las actuaciones de la temporada finalizada, proponiendo
en su caso, las mejoras a incluir para la siguiente temporada.
e) Cualquier otra función que se acuerde y apruebe por las partes.

BOCM-20230607-40

Comisión Mixta de Seguimiento