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Convenio –  Convenio de 19 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Real Fábrica de Tapices, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha fundación por importe de 500.000 euros, para financiar la realización de actividades de conservación, restauración y difusión del patrimonio histórico-artístico textil de interés para la Comunidad de Madrid, durante el ejercicio 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 134

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO DE 2023

Pág. 221

Este convenio se suscribe al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c).3.o de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, previo informe
del Consejero exigido en el artículo 4.6 de dicha Ley y previa autorización del Consejo de
Gobierno, emitida mediante Acuerdo de fecha 10 de mayo de 2023.
En su virtud, ambas partes han acordado suscribir las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto la concesión directa de una subvención, entendida como entrega dineraria sin contraprestación, a la Fundación Real Fábrica de Tapices,
sujeta al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos, actividades y condiciones
establecidas en el presente convenio, en los términos establecidos en los artículos 22.2.c)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y en el artículo 4.5.c) de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, que dispone que con carácter excepcional, podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público,
social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Asimismo, es objeto de este convenio establecer las normas reguladoras de la subvención otorgada por la Comunidad de Madrid, por un importe de 500.000 euros, a favor la Fundación Real Fábrica de Tapices, para la realización de diversas actividades que tienen como
finalidad la conservación y mejora del patrimonio textil de carácter histórico-artístico.
Segunda
La presente subvención tiene por objeto contribuir a financiar la realización de una
serie de actuaciones orientadas a la consecución de los siguientes fines propios de dicha
Fundación:
a) Potenciar la Real Fábrica de Tapices como institución que encarna la tradición
histórica de las Manufacturas Reales Españolas, en el marco de la cultura europea.
b) Contribuir a la conservación y restauración de los tapices y alfombras que constituyen el legado histórico de la Corona Española y se conservan en las diferentes
Residencias Reales, Edificios y Museos dependientes del Patrimonio Nacional y
de los Poderes Públicos y en general de los bienes de ese carácter que forman parte del Patrimonio Cultural.
c) Mantener viva la actividad textil de alfombras y tapices que ha sido clásica de la
Real Fábrica de Tapices y las técnicas tradicionales, de crear y sostener programas
de investigación de nuevas formas y técnicas de tejido de tapices, alfombras y similares de fabricación en el marco de las nuevas corrientes estéticas y sobre cartones de artistas contemporáneos.
d) Facilitar la transmisión y enseñanza de los oficios relacionados con el tejido,
conservación y restauración de tapices y alfombras.
e) La creación de laboratorios de investigación de nuevas técnicas de restauración y
análisis de tejidos.
f) Hacer accesible, por medio de exposiciones temporales o permanentes la historia,
actividades, técnicas y documentación de la Real Fábrica de Tapices y de sus
productos.
g) Organizar Congresos, Seminarios y reuniones, tanto a nivel nacional como internacional, sobre temas relacionados con la historia y producción de la Real Fábrica de
Tapices y otras manufacturas semejantes.
h) Impulsar cualquier actividad de interés general relacionada con las anteriores.
Se financiarán los gastos corrientes de funcionamiento y de realización de las actividades culturales y artísticas propias de la entidad, de conformidad con lo dispuesto en la
cláusula quinta, con el límite del importe de la subvención.

BOCM-20230607-62

Objeto de la subvención