Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230606-56)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 133

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga
a Recova Solar, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica
Recova Solar de 72,5 MW de potencia instalada, las subestaciones eléctricas Recova 30/220 kV
y Morata Renovables 400/132 kV e infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón, Valdelaguna, Arganda del Rey, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña, en la provincia de Madrid.
Recova Solar, S.L.U. con fecha 6 de noviembre de 2020, en adelante, el promotor, presentó solicitud de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de
Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la planta solar fotovoltaica
Recova Solar 85 MWp, en el término municipal de Colmenar de Oreja (Madrid), y sus infraestructuras de evacuación siguientes: Infraestructura de Evacuación en 30 kV en el emplazamiento de la planta solar fotovoltaica, Subestación Transformadora ST Recova 132/30 kV,
L/132 kV ST Recova-ST Morata Renovables, Subestación Transformadora ST Morata Renovables 400/132 kV y Línea L/400 kV ST Morata Renovables-ST Morata 400.
Con fecha 6 de diciembre de 2020, esta Dirección General de Política Energética y Minas acordó la acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la planta solar fotovoltaica Recova Solar, de 85 MWp; de autorización administrativa previa de la
planta solar fotovoltaica Regata Solar de 51,00 MWp, la Subestación Transformadora Regata 132/30 kV y E/S en ST Regata de L/132 kV ST Recova-ST Morata Renovables, y autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la Subestación Transformadora Regata 132/30 kV y E/S en ST Regata de L/132 kV ST Recova-ST
Morata Renovables; y de autorización administrativa previa de Rabiza Solar de 85 MWp,
así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid.
Con fecha 14 de abril de 2023 esta Dirección General de Política Energética y Minas
acordó la desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Recova Solar, de 85 MWp, Regata Solar, de 57,12 MWp, Rabiza Solar, de 85,29 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la Comunidad de Madrid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que
la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la
Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa del Ministerio de Defensa. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones del Canal de Isabel II, S. A., de Telefónica, S. A., de UFD
Distribución Electricidad, S. A., y de la Confederación Hidrográfica del Tajo de la en las que
se recogen condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Arganda del Rey, que manifiesta una
serie de sugerencias en materia urbanística y de información que debe recoger el proyecto.
Se ha dado traslado al promotor, que argumenta su postura en la respuesta. Una vez trasladas esta contestación al organismo, no se recibe respuesta, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, en el que se recogen condicionados técnicos a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se da traslado al pro-

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