Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230606-48)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 133

sición Ecológica y El Reto Demográfico, a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques
y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, a la
Subdirección General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico de la Dirección
General del Agua. Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, a la
Subdirección General de Impacto Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General
de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Subdirección General de Recursos Naturales de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Subdirección
General de Residuos y Calidad Hídrica de la Dirección General de Economía Circular de
la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid,
a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, a la Dirección General
de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Dirección General de Protección Civil de la Consejería de
Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de
Madrid, a WWF/ADENA, a SEO/BIRDLIFE, al Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA), a Ecologistas en Acción, a la Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), a la Sociedad Española de Sanidad
Ambiental y al Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat (GREFA).
La Dependencia del Área de Industria y Energía de Madrid de la Delegación del Gobierno en Madrid emitió informe en fecha 18 de julio 2022.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto, la
evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han
sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución de 23 de
enero de 2023 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el “Boletín Oficial del Estado”.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en
su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al artículo 41
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición del proyecto se
atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la
DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a tal efecto:
— Reducción de la superficie de la planta Mástil Solar en 26,37 ha según condición 1.1.1.
— Modificación de trazado y unificación de la línea soterrada de media tensión Driza
Solar-SET Rececho y la línea soterrada de media tensión Mástil Solar-SET Rececho para evitar montes preservados y pies arbóreos según condición 1.1.1.
— Modificación de trazado de la LAAT a 220 kV SET Rececho-AP 39 LAAT SET
Piñón-SET Nimbo incluyendo soterramiento en zona de afección a monte preservado y hábitats de interés comunitario según condición 1.1.1.
— Creación de memoria para la ejecución de las medidas compensatorias a incluir en
el EsIA según condición 1.1.7 y 1.1.8.
— Creación de un Plan de Autoprotección según condición 1.1.13.
— Mantenimiento de la red de vaguadas y arroyos estacionales con una franja de al menos 20 metros a cada lado, para recibir y encauzar las escorrentías, y evacuar eventuales inundaciones, así como el respeto de las servidumbres de 5 metros de anchura de los cauces públicos, según condiciones 1.2.4 (Agua) y 1.2.5 (Agua).
— Vallado con las características establecidas en la condición 1.2.4 (Fauna).

BOCM-20230606-48

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