Madrid (BOCM-20230605-78)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM
Pág. 410
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 132
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Aprobación definitiva del Plan Especial de Protección para el Ámbito Delimitado por el Área de Planeamiento remitido 01.02 “Muralla”, del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 y por el Área de Protección de la Muralla. Distrito de Centro.—Expediente 135-2021-03064.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de abril de 2023, adoptó
el siguiente acuerdo:
«Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información
pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Dirección General
de Planeamiento de 11 de abril de 2023. Dicho informe estará a disposición de los alegantes y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación que se publique en
la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el planeamiento se
apruebe definitivamente.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Protección para el ámbito delimitado por el Área de Planeamiento Remitido 01.02 “Muralla” del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 y por el Área de Protección de la Muralla, distrito de Centro, de iniciativa pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17
de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de
la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación
de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística».
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación, se publica los documentos con
contenido normativo:
NORMAS URBANÍSTICAS
Capítulo 1
Disposiciones de carácter general
1. El ámbito del Plan Especial (en adelante PE) es el grafiado en el plano I-03 Delimitación del ámbito del PE.
2. Dicho ámbito abarca, por un lado, el del APR.01.02 Muralla definido por el Plan
General de Ordenación Urbana de Madrid (en adelante PG97), y conformado de forma discontinua por tres manzanas del casco histórico y sus viales anexos, sobre el que el PE establece la completa ordenación pormenorizada para su ejecución material, así como el Catálogo de Edificios.
3. Por otro lado, a los efectos de la protección de los restos de la Muralla de Madrid,
en concordancia con la declaración de dichos restos como Monumento Histórico – Artístico
(decreto 15 de enero 1954), el ámbito del PE se extiende al área definida en el PE como área
de protección de la muralla, coincidente con las parcelas, parte de viario y espacios libres en
suelo urbano consolidado, tanto dentro del APR.01.02 como fuera de él, que contienen o
pueden contener restos de la antigua Muralla de Madrid, cuya existencia se ha constatado o
se encuentra documentada históricamente. Sobre esta área de protección el PE despliega una
normativa específica para conseguir la protección y puesta en valor de la Muralla.
BOCM-20230605-78
Artículo 1. Ámbito de aplicación y características
Pág. 410
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 132
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Aprobación definitiva del Plan Especial de Protección para el Ámbito Delimitado por el Área de Planeamiento remitido 01.02 “Muralla”, del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 y por el Área de Protección de la Muralla. Distrito de Centro.—Expediente 135-2021-03064.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de abril de 2023, adoptó
el siguiente acuerdo:
«Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información
pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Dirección General
de Planeamiento de 11 de abril de 2023. Dicho informe estará a disposición de los alegantes y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación que se publique en
la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el planeamiento se
apruebe definitivamente.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Protección para el ámbito delimitado por el Área de Planeamiento Remitido 01.02 “Muralla” del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 y por el Área de Protección de la Muralla, distrito de Centro, de iniciativa pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17
de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de
la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación
de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística».
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación, se publica los documentos con
contenido normativo:
NORMAS URBANÍSTICAS
Capítulo 1
Disposiciones de carácter general
1. El ámbito del Plan Especial (en adelante PE) es el grafiado en el plano I-03 Delimitación del ámbito del PE.
2. Dicho ámbito abarca, por un lado, el del APR.01.02 Muralla definido por el Plan
General de Ordenación Urbana de Madrid (en adelante PG97), y conformado de forma discontinua por tres manzanas del casco histórico y sus viales anexos, sobre el que el PE establece la completa ordenación pormenorizada para su ejecución material, así como el Catálogo de Edificios.
3. Por otro lado, a los efectos de la protección de los restos de la Muralla de Madrid,
en concordancia con la declaración de dichos restos como Monumento Histórico – Artístico
(decreto 15 de enero 1954), el ámbito del PE se extiende al área definida en el PE como área
de protección de la muralla, coincidente con las parcelas, parte de viario y espacios libres en
suelo urbano consolidado, tanto dentro del APR.01.02 como fuera de él, que contienen o
pueden contener restos de la antigua Muralla de Madrid, cuya existencia se ha constatado o
se encuentra documentada históricamente. Sobre esta área de protección el PE despliega una
normativa específica para conseguir la protección y puesta en valor de la Muralla.
BOCM-20230605-78
Artículo 1. Ámbito de aplicación y características