D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230605-71)
Bien de interés patrimonial –  Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa el expediente de declaración como Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, en la categoría de Monumento, del Edificio Montano y fábrica de pianos anexa, en Madrid
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 132

LUNES 5 DE JUNIO DE 2023

Pág. 247

Asimismo, es de notable importancia la actividad desarrollada en el salón, tanto en el
mercado de la música de su tiempo como en el desarrollo de la difusión musical, llegando
a ser una de las salas de audiciones más importantes por su intensa actividad, donde se representaron destacados conciertos y recitales de reconocidos intérpretes. Así, el salón de
audiciones y exposición constituye un escenario privilegiado de lo que fue la historia musical madrileña y la única sala de audiciones que se conserva de las numerosas existentes
en Madrid entre las últimas décadas del siglo XIX y primeras del XX, período considerado
la Edad de Plata de la cultura española.
El Salón Montano sobresale por su valor tipológico como espacio de audiciones ligado a un establecimiento comercial, siendo la última de estas salas que proliferaron en
Madrid en ese período histórico. Y a esto se añade el gran valor artístico e histórico de la
decoración que cubre los muros y techos de la sala, única obra conservada de los hermanos
Daniel y Germán Zuloaga, que conserva íntegramente todo un programa decorativo alusivo a la música.
C) DELIMITACIÓN DEL ENTORNO AFECTADO
El entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Patrimonial se fundamenta
en proteger y favorecer al inmueble en su especial significación histórico y artística, velar
por la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de su puesta
en valor, evitar la alteración o pérdida de los valores ambientales y paisajísticos asociados
en su percepción de la iglesia, así como evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto
de la declaración.
La protección otorgada a esos inmuebles como consecuencia de su inclusión en el entorno de protección del Edificio Montano y fábrica de pianos anexa se refiere exclusivamente a su envolvente exterior, que es la que puede afectar a la percepción o comprensión
cultural del edificio objeto del expediente.
1. Descripción literal
1.




2.


Parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección:
En la manzana número 98543, parcelas números 05 y 06.
En la manzana número 99533, parcelas números 08 y 09.
En la manzana número 98537, parcelas números 01 y 13.
En la manzana número 98539, parcelas números 01, 03 y 07.
Espacios públicos incluidos en el entorno de protección:
Calle San Bernardino, el tramo comprendido desde la calle Juan de Dios y calle
San Leonardo hasta el vértice SE de la parcela 08 de la manzana 99533 y el vértice SE de la parcela 01 de la manzana 98537.
— Calle Ponciano, el tramo comprendido desde la calle San Bernardino hasta el vértice NE de la parcela 09 de la manzana 99533 y el vértice NE de la parcela 05 de
la manzana 98547.
— Calle Dos Amigos, el tramo comprendido desde la calle San Bernardino hasta el
vértice SO de la parcela 13 de la manzana 98537 y el vértice SO de la parcela 03 de
la manzana 98539.

El Edificio Montano y fábrica anexa se localizan en el distrito centro de Madrid, en un
entorno constituido por edificios de viviendas levantados hacia el último tercio del siglo XIX,
cuyas fachadas han sido rehabilitadas; por el palacio de los marqueses de Santa Cruz, de
mediados del siglo XVIII, o la farmacia de “La Beata”, fechada en 1888.
El entorno del bien comprende las parcelas vinculadas directamente al inmueble por
constituir el entorno visual, cultural y ambiental en el que cualquier intervención que se realice puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien y perturbar los
valores que motivan su declaración como Bien de Interés Patrimonial. Se ha teniendo en
cuenta, por tanto, la ubicación de las parcelas desde las cuales se proyecta una línea visual
hacia el bien inmueble, y aquellas en las que una modificación de su volumen pudiera alterar las condiciones ambientales y urbanísticas y perturbar la percepción del mismo.
3. Descripción gráfica del entorno de protección
En F) se adjunta plano

BOCM-20230605-71

2. Justificación del entorno de protección