D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230605-41)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de una planta fotovoltaica, 1 línea, 3 centros de transformación y un centro de seccionamiento en los términos municipales de Anchuelo y Villalbilla, solicitada por Camareta Solar, S. L. Expediente: 2022P820-14-0141-00820.6/2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 132

Tercero
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y de lo exigido por la ordenación urbanística,
así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios
de locales y terrenos.
Cuarto
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el Informe de Impacto Ambiental
emitido por la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad
de Madrid citado en los antecedentes de hecho, y señaladas en el Anexo, adjunto a la presente resolución.
En particular, la condición 2.1 del referido Informe en el que se establece una vez concluida la vida útil del proyecto, de veinticinco años, se procederá al desmantelamiento de
todas las infraestructuras del proyecto.
Quinto
La presente resolución queda supeditada a la autorización del correspondiente Plan Especial de Infraestructuras.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
En Madrid, a 24 de abril de 2023.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
ANEXO

— Medidas para evitar el incremento del nivel de polvo: Riego periódico de caminos y
zonas de suelo desnudo siempre que se observe generación de nubes de polvo; transporte de materiales sueltos en camiones cubiertos con lonas; limitación de la velocidad de circulación a 20 km/h en accesos y zonas de obra; uso de maquinaria con
su correspondiente marcado CE e Inspección Técnica de Vehículos en vigor, etc.
— Medidas en materia de ruido: Limitación al período diurno de las operaciones
constructivas y de transporte de materiales y residuos; recomendación de realizar
un estudio de potencial afección al ruido en las viviendas más próximas en caso
de que se detecten niveles superiores a los evaluados para determinar la necesidad
de tomar medidas de control, así como de un estudio sobre la potencial afección
de ruido a la fauna sensible en espacios cercanos a las plantas, si se observa su presencia. Para evitar molestias en las viviendas más próximas, las hincadoras no podrán trabajar de manera simultánea, durante las primeras horas de la mañana no se
realizarán los trabajos de mayor emisión acústica y se trabajará en las zonas más
alejadas de las viviendas, se informará a la población del cronograma de obra y de
las medidas preventivas.
— Evitación de realizar cambios de aceite de maquinaria o repostaje de combustible
en las inmediaciones de los cauces, permitiendo el repostaje en obra únicamente
de la maquinaria que no pueda trasladarse justificadamente a un establecimiento
autorizado. El lavado de hormigoneras y maquinaria se dispondrá alejado de los
cursos de agua y dotado de una balsa para la retención de los vertidos generados.
— En caso de requerirse en obra de un depósito de combustible externo, éste será de
doble pared y su comunicación con el grupo electrógeno se hará mediante tubería
encamisada. Impermeabilización del suelo de la zona de almacenamiento y pavi-

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A) Medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor