D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230602-65)
Bien de interés cultural –  Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de Sitio Científico, de la Estación de Comunicaciones por Satélite, en Buitrago del Lozoya (Madrid)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 130

VIERNES 2 DE JUNIO DE 2023

Pág. 243

Aunque el estado de conservación del bien es razonable, se detallan a continuación posibles reparaciones:
— El edificio original se realizó en ladrillo cara vista que, con los años y la exposición al clima del lugar se ha visto muy afectado en determinados puntos que requieren de restauración o reparación. Es el caso, por ejemplo, de los característicos machones que, a modo de almenas, unen el edificio de fuerza con el de la
central, o la rampa junto a la entrada del conjunto, donde sería necesario reparar
varios escalones.
— En el extremo este del edificio, el murete de contención que conduce la bajada al
jardín que rodea el ala de habitaciones presenta una grieta que sería necesario vigilar, incluso por motivos de seguridad.
— De igual manera, en el paisajismo original del proyecto existía una acequia que parecía verter a un arroyo ubicado en la zona sur de la parcela, que está completamente abandonado. Se considera aconsejable su limpieza y puesta al día.
En las futuras intervenciones que se realicen en el inmueble se deberán eliminar todos
los elementos que no forman parte del proyecto original y que no contribuyen a un mejor
manteamiento ni uso del mismo, con el objetivo de recuperar sus valores históricos: edificación frente a la sala de control, actual cantina, edículo bajo el cuerpo de la cafetería, adiciones al edificio de fuerza, sala de reuniones ubicada en la entreplanta del espacio de acceso, viseras de rasilla, baldosas cerámicas del pavimento, celosías de hormigón y cubierta.
Cualquier intervención que vaya a desarrollarse en el futuro deberá regirse por los criterios de reversibilidad, diferenciación y mínima intervención. En todo caso, se estará a lo
dispuesto en los artículos 45 y 47 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
F) Plano de delimitación del bien y del entorno de protección

BOCM-20230602-65

Se adjunta plano.