C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230531-22)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1532/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifican los epígrafes 7, 8, 10, 11, 12, 17, 23, 24 y se crean los epígrafes 47, 48 y 49 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023

tículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en su caso, en la Ley de
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para cada año sin necesidad de modificación del Plan Estratégico.
La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a la posición presupuestaria
G/411A/77306 “Actuaciones agrícolas” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid.
Dado que estas ayudas se corresponden con las intervenciones 6841.1, 6841.2 y 6844
del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de la Comunidad de Madrid
serán cofinanciadas en unos porcentajes del 23 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y del 17,50 por 100 por la Administración General del Estado, salvo que en la declaración trimestral de gastos del Organismo Pagador de los Fondos
Europeos Agrícolas sean otras las tasas de cofinanciación del cuadro financiero vigente del
Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de la Comunidad de Madrid.
5. Plan de acción:
Estas ayudas se establecen mediante las correspondientes Bases reguladoras y convocatorias. El procedimiento de concesión de estas líneas de ayuda será el de concurrencia
competitiva. La convocatoria se realizará por la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura.
El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, como órgano instructor del procedimiento, y previo informe del referido Comité Técnico de Evaluación, elevará la propuesta a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, que resolverá
mediante Orden motivada la aprobación o denegación de las ayudas.
Este plan se corresponde con las siguientes 3 intervenciones del Plan Estratégico de la
Política Agraria Común 2023-2027 de la Comunidad de Madrid:
— Intervención 6841.1, “Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias
vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático y uso eficiente de los recursos naturales”.
— Intervención 6841.2, “Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias”.
— Intervención 6844, “Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones en pro
de la biodiversidad”.
6. Seguimiento y evaluación:
La evaluación se realizará finalizada cada convocatoria anual comparando los resultados obtenidos con los indicadores establecidos. Estos indicadores serán los siguientes:
Intervención 6841.1, “Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias
vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático y uso eficiente de
los recursos naturales”.
— O.20: número de operaciones o unidades de inversión productiva en explotaciones
con apoyo.
— R.15: inversiones subvencionadas en capacidad de producción de energía renovable, incluida la basada en la biomasa (en megavatios).
— R.16: porcentaje de explotaciones agrícolas beneficiarias de las ayudas a la inversión de la PAC que contribuyen a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, así como a la producción de energía renovable o de biomateriales.
— R.26: porcentaje de explotaciones agrícolas beneficiarias de ayudas de la PAC a
las inversiones productivas y no productivas relacionadas con la protección de los
recursos naturales.
— R.44: porcentaje de unidades de ganado objeto de acciones subvencionadas destinadas a mejorar el bienestar animal.
Intervención 6841.2, “Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias”.
— O.20: número de operaciones o unidades de inversión productiva en explotaciones
con apoyo.
— R.9: porcentaje de explotaciones agrícolas que reciben ayudas a la inversión para
la reestructuración y la modernización, también para mejorar la eficiencia de los
recursos.

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BOCM-20230531-22

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