Delegación del Gobierno en Madrid (BOCM-20230531-60)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada, y sus
infraestructuras de evacuación, en la pedanía de Usanos, en el término municipal de Guadalajara, Galápagos y Torrejón del Rey (Guadalajara) y Valdeavero, Fresno de Torote, Camarma de Esteruelas y Daganzo de Arriba (Madrid).
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 20 de noviembre de 2020, subsanada posteriormente en fecha 6 de diciembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Oliva Solar 1,
de 49,969 MWp, en la pedanía de Usanos, en el término municipal de Guadalajara (Guadalajara), así como de todas las Infraestructuras de Evacuación asociadas: Línea Eléctrica de
conexión de 30 kV CS Oliva 1 y 2-SET Usanos 220/30 kV, subestación eléctrica Usanos 220/30 kV y línea eléctrica de evacuación 220 kV entre la pedanía de Usanos, en el término municipal de Guadalajara (Guadalajara) y Daganzo (Madrid).
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 17 de diciembre de 2020,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Oliva Solar 1, de 49,969 MWp, Oliva Solar 2, de 49,969 MWp, Oliva Solar 3, de 24,995 MWp, Oliva Solar 4, de 24,995 MWp y
Oliva Solar 5, de 24,995 MWp, y sus infraestructuras de evacuación asociadas, en las provincias de Guadalajara y Madrid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 18 de abril de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Oliva Solar 1, de 49,969 MWp, Oliva Solar 2, de 49,969 MWp, Oliva Solar 3, de 24,995 MWp, Oliva Solar 4, de 24,995 MWp
y Oliva Solar 5, de 24,995 MWp, y sus infraestructuras de evacuación asociadas, en las provincias de Guadalajara y Madrid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que
la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo de la Comunidad de Madrid, y de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones del Ayuntamiento de Torrejón del Rey, de la Dirección
General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad
de Madrid, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la Demarcación de Carreteras del
Estado en Castilla-La Mancha, de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, y de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, donde se muestran condicionantes a la ejecución
de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Fresno de Torote, en el cual indican que
el único pasillo de infraestructuras eléctricas contemplado en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) es el de la línea eléctrica existente paralela a la carretera M-113, la
cual se soterrará. Es por ello que se recomienda que la línea proyectada discurra por el soterramiento previsto en el PGOU y no por donde el proyecto fotovoltaico entiende más favorable a los intereses del promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
el cual indica que en la Comunidad de Madrid se establece la posibilidad de redacción de

BOCM-20230531-60

Dirección General de Política Energética y Minas