Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230530-82)
Urbanismo. Plan parcial
20 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
Pág. 393
— Controlar que con las operaciones de replanteo de las obras delimitan físicamente
las superficies que van a quedar, provisional o definitivamente, ocupadas por estas así como por las restantes obras auxiliares, vías de acceso, áreas de acopio de
materiales y cuantas otras instalaciones sean precisas para el correcto desarrollo
de la actuación.
— Se desarrollarán controles de verificación, de forma previa a la utilización de la
maquinaria en la obra, de la ficha de Inspección Técnica de Vehículos, para comprobar que dicha maquinaria ha pasado con éxito los análisis correspondientes a
la emisión de humos y monóxido de carbono. Si se detectase que una determinada máquina excede los umbrales permitidos, se informará al Director de Obra para
que proceda a la paralización de esa máquina hasta que sea reparada o sustituida
por otra que cumpla las condiciones que se establecen en este Programa.
— Con el objetivo de verificar la ubicación definitiva de las instalaciones de obras y
parque de maquinaria se procederá a establecer las normas que impidan el desarrollo de actividades que puedan originar impactos no deseados. Para ello, antes
del inicio de las obras, el responsable de la vigilancia ambiental junto con el Director de Obra, analizarán la localización de todas y cada una de las infraestructuras auxiliares y provisionales.
Durante la fase de obras el equipo responsable de la Vigilancia Ambiental desarrollará,
entre otras, las siguientes tareas:
Generales:
— Control de la correcta delimitación de los terrenos de actuación al inicio y final de
cada jornada para asegurar que se no aparecen acumulaciones de materiales en los
alrededores de la zona. Se realizará mediante la deposición en la zona de actuación
y en los emplazamientos destinados con ese fin, de los materiales, tierras y residuos
encontrados. Estos, en su caso, deberán ser entregarlos a un gestor autorizado.
Control de las emisiones acústicas de la maquinaria:
— Verificar que toda la maquinaria utilizada en las obras y que forme parte del ámbito de aplicación del Real Decreto 212/2002 lleva el marcado CE, la indicación del
nivel de potencia acústica garantizado y va acompañada de una declaración CE de
conformidad, cumpliendo así con las disposiciones de dicho Real Decreto, tal y
como refleja el artículo 8 del mismo.
— Restricción de los trabajos de urbanización del ámbito al período acústico diurno (7-23 h).
— Monitorización periódica de las emisiones acústicas (niveles de inmisión en
viviendas existentes más próximas).
— Evitación de procedimientos innecesariamente ruidosos.
— En relación con los movimientos de la maquinaria y vehículos pesados durante los
movimientos de tierras y transporte de materiales, estos deberán limitarse al viario existente o las explanaciones del nuevo viario, evitando adentrarse en las manzanas del nuevo plan, próximas a las manzanas residenciales existentes.
Control de afección al arbolado:
— Se vigilarán los daños producidos sobre los pies arbóreos durante la fase de ejecución de las obras y se informará sobre posibles síntomas de decaimiento en los árboles, para evitar posibles muertes del arbolado que se pretenda conservar. Para
ello se realizarán inventarios de los pies afectados sobre los que se aplicaran medidas de cura, y se realizará un estudio de las causas para planificar la aplicación
de medidas de protección de la vegetación más efectivas.
Control de las emisiones de polvo y partículas:
— Se controlará que se llevan a cabo las medidas preventivas consistentes en riegos
periódicos en las zonas en las que se realicen movimientos de tierras cuando sean
necesarias.
— En el caso de detectarse que se sobrepasan los umbrales admisibles, se propondrá
la intensificación de riegos y la limpieza de las zonas que puedan haberse visto
afectadas.
BOCM-20230530-82
Fase de obras
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
Pág. 393
— Controlar que con las operaciones de replanteo de las obras delimitan físicamente
las superficies que van a quedar, provisional o definitivamente, ocupadas por estas así como por las restantes obras auxiliares, vías de acceso, áreas de acopio de
materiales y cuantas otras instalaciones sean precisas para el correcto desarrollo
de la actuación.
— Se desarrollarán controles de verificación, de forma previa a la utilización de la
maquinaria en la obra, de la ficha de Inspección Técnica de Vehículos, para comprobar que dicha maquinaria ha pasado con éxito los análisis correspondientes a
la emisión de humos y monóxido de carbono. Si se detectase que una determinada máquina excede los umbrales permitidos, se informará al Director de Obra para
que proceda a la paralización de esa máquina hasta que sea reparada o sustituida
por otra que cumpla las condiciones que se establecen en este Programa.
— Con el objetivo de verificar la ubicación definitiva de las instalaciones de obras y
parque de maquinaria se procederá a establecer las normas que impidan el desarrollo de actividades que puedan originar impactos no deseados. Para ello, antes
del inicio de las obras, el responsable de la vigilancia ambiental junto con el Director de Obra, analizarán la localización de todas y cada una de las infraestructuras auxiliares y provisionales.
Durante la fase de obras el equipo responsable de la Vigilancia Ambiental desarrollará,
entre otras, las siguientes tareas:
Generales:
— Control de la correcta delimitación de los terrenos de actuación al inicio y final de
cada jornada para asegurar que se no aparecen acumulaciones de materiales en los
alrededores de la zona. Se realizará mediante la deposición en la zona de actuación
y en los emplazamientos destinados con ese fin, de los materiales, tierras y residuos
encontrados. Estos, en su caso, deberán ser entregarlos a un gestor autorizado.
Control de las emisiones acústicas de la maquinaria:
— Verificar que toda la maquinaria utilizada en las obras y que forme parte del ámbito de aplicación del Real Decreto 212/2002 lleva el marcado CE, la indicación del
nivel de potencia acústica garantizado y va acompañada de una declaración CE de
conformidad, cumpliendo así con las disposiciones de dicho Real Decreto, tal y
como refleja el artículo 8 del mismo.
— Restricción de los trabajos de urbanización del ámbito al período acústico diurno (7-23 h).
— Monitorización periódica de las emisiones acústicas (niveles de inmisión en
viviendas existentes más próximas).
— Evitación de procedimientos innecesariamente ruidosos.
— En relación con los movimientos de la maquinaria y vehículos pesados durante los
movimientos de tierras y transporte de materiales, estos deberán limitarse al viario existente o las explanaciones del nuevo viario, evitando adentrarse en las manzanas del nuevo plan, próximas a las manzanas residenciales existentes.
Control de afección al arbolado:
— Se vigilarán los daños producidos sobre los pies arbóreos durante la fase de ejecución de las obras y se informará sobre posibles síntomas de decaimiento en los árboles, para evitar posibles muertes del arbolado que se pretenda conservar. Para
ello se realizarán inventarios de los pies afectados sobre los que se aplicaran medidas de cura, y se realizará un estudio de las causas para planificar la aplicación
de medidas de protección de la vegetación más efectivas.
Control de las emisiones de polvo y partículas:
— Se controlará que se llevan a cabo las medidas preventivas consistentes en riegos
periódicos en las zonas en las que se realicen movimientos de tierras cuando sean
necesarias.
— En el caso de detectarse que se sobrepasan los umbrales admisibles, se propondrá
la intensificación de riegos y la limpieza de las zonas que puedan haberse visto
afectadas.
BOCM-20230530-82
Fase de obras