A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230530-2)
Plan de estudios – Decreto 57/2023, de 24 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 67/2021, de 28 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 60
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 127
Dos. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Técnicas de equitación” (código 1325) por 135 horas.
Tres. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Guía ecuestre” (código 1327) por 70 horas.
Cuatro. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Organización de itinerarios” (código 1329) por 90 horas.
Cinco. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Técnicas de tiempo libre” (código 1335) por 195 horas.
Seis. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Técnicas de natación” (código 1336) por 100 horas.
Siete. Se modifica el anexo III, sobre organización académica y distribución horaria
semanal, que queda redactado de la siguiente manera:
ANEXO III
ORGANIZACIÓN ACADÉMICA Y DISTRIBUCIÓN HORARIA SEMANAL
Familia profesional: ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS
Ciclo Formativo: Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre
Grado: Medio
Duración: 2000 horas
Código: AFDM02
MÓDULOS PROFESIONALES
CURSO 1º
DURACIÓN
DEL
CURRÍCULO
(HORAS)
3 trimestres
(horas
semanales)
Técnicas de equitación
135
4
Guía ecuestre
70
2
1333
Guía de baja y media montaña
195
6
4
1334
Guía de bicicleta
195
6
5
1335
Técnicas de tiempo libre
195
6
6
1336
Técnicas de natación
100
3
7
1340
Formación y orientación laboral
90
3
8
1328
9
1329
10
CLAVE
CÓDIGO
1
1325
2
1327
3
DENOMINACIÓN
CENTRO DE
TRABAJO
CENTRO EDUCATIVO
Atención a grupos
CURSO 2º
2 trimestres
(horas
semanales)
65
3
Organización de itinerarios
90
4
1337
Socorrismo en el medio natural
130
6
11
1338
Guía en el medio natural acuático
130
6
12
1339
Maniobras con cuerdas
130
6
13
1341
Empresa e iniciativa emprendedora
65
3
14
CM15- AFD
Lengua extranjera profesional
40
2
15
1342
Formación en Centros de Trabajo
370
HORAS TOTALES
2000
1 trimestre
(horas)
370
30
30
370
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación de las modificaciones curriculares
Las modificaciones en el plan de estudios del ciclo formativo de grado medio “Guía en
el Medio Natural y de Tiempo Libre” recogidas en el presente decreto serán de aplicación a
los grupos que comiencen a cursar el ciclo formativo a partir del curso académico 2023-2024.
Habilitación para el desarrollo normativo
Se habilita al titular de la Consejería competente en materia de Educación para dictar
las disposiciones que sean precisas para el desarrollo de lo dispuesto en este decreto.
BOCM-20230530-2
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 60
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 127
Dos. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Técnicas de equitación” (código 1325) por 135 horas.
Tres. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Guía ecuestre” (código 1327) por 70 horas.
Cuatro. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Organización de itinerarios” (código 1329) por 90 horas.
Cinco. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Técnicas de tiempo libre” (código 1335) por 195 horas.
Seis. Se modifica la duración recogida en el anexo I del citado decreto, correspondiente al módulo profesional “Técnicas de natación” (código 1336) por 100 horas.
Siete. Se modifica el anexo III, sobre organización académica y distribución horaria
semanal, que queda redactado de la siguiente manera:
ANEXO III
ORGANIZACIÓN ACADÉMICA Y DISTRIBUCIÓN HORARIA SEMANAL
Familia profesional: ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS
Ciclo Formativo: Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre
Grado: Medio
Duración: 2000 horas
Código: AFDM02
MÓDULOS PROFESIONALES
CURSO 1º
DURACIÓN
DEL
CURRÍCULO
(HORAS)
3 trimestres
(horas
semanales)
Técnicas de equitación
135
4
Guía ecuestre
70
2
1333
Guía de baja y media montaña
195
6
4
1334
Guía de bicicleta
195
6
5
1335
Técnicas de tiempo libre
195
6
6
1336
Técnicas de natación
100
3
7
1340
Formación y orientación laboral
90
3
8
1328
9
1329
10
CLAVE
CÓDIGO
1
1325
2
1327
3
DENOMINACIÓN
CENTRO DE
TRABAJO
CENTRO EDUCATIVO
Atención a grupos
CURSO 2º
2 trimestres
(horas
semanales)
65
3
Organización de itinerarios
90
4
1337
Socorrismo en el medio natural
130
6
11
1338
Guía en el medio natural acuático
130
6
12
1339
Maniobras con cuerdas
130
6
13
1341
Empresa e iniciativa emprendedora
65
3
14
CM15- AFD
Lengua extranjera profesional
40
2
15
1342
Formación en Centros de Trabajo
370
HORAS TOTALES
2000
1 trimestre
(horas)
370
30
30
370
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación de las modificaciones curriculares
Las modificaciones en el plan de estudios del ciclo formativo de grado medio “Guía en
el Medio Natural y de Tiempo Libre” recogidas en el presente decreto serán de aplicación a
los grupos que comiencen a cursar el ciclo formativo a partir del curso académico 2023-2024.
Habilitación para el desarrollo normativo
Se habilita al titular de la Consejería competente en materia de Educación para dictar
las disposiciones que sean precisas para el desarrollo de lo dispuesto en este decreto.
BOCM-20230530-2
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA