D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230530-34)
Convenio – Convenio de 11 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 1.500.000 euros, para financiar en 2023 el “Programa de Técnicos de Comercio Exterior para la Industria de la Comunidad de Madrid”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 127
mica y para la consolidación de un modelo de crecimiento basado en el avance de la productividad. En una economía de mercado abierta como la madrileña, la internacionalización es determinante ya que proporciona ventajas competitivas en un entorno económico
global. En este sentido, existe abundante evidencia de que las industrias exportadoras son
más grandes, más productivas y tienen una demanda más estable, aguantando mejor las crisis económicas. Sin embargo, existen trabas o dificultades para exportar a nivel informativo, de recursos humanos, financieros, etc., es por ello que se justifica la intervención del
sector público en apoyo a las empresas. La articulación de esta intervención pública, se concretó en la aprobación de un Plan Industrial de la Comunidad de Madrid (PICMA) 2020-2025,
el cual recoge un ejercicio de análisis, diagnóstico, reflexión estratégica y planificación de
las actuaciones del Gobierno en materia de Política Industrial. De esta manera, se constituye como una guía para estructurar y coordinar los retos de promoción industrial de las distintas áreas de gobierno implicadas. Con él, se busca generar unas condiciones adecuadas
que refuercen el ecosistema industrial madrileño con una orientación clara al incremento de
la competitividad de nuestras industrias a partir de una orientación hacia la I+D+i, hacia la
especialización, y hacia la internacionalización.
El Plan Industrial de la Comunidad de Madrid define seis objetivos estratégicos, cada
uno de los cuales se desagrega en diversos instrumentos o herramientas que incluyen una
serie de actuaciones específicas. El objetivo estratégico 4 busca aumentar la orientación de
las empresas madrileñas hacia el exterior e incrementar su participación en las cadenas de
valor globales. En lo referente al cumplimiento de este objetivo estratégico, señala que el
proceso de internacionalización de éxito de una industria debe apoyarse en unos cuadros
profesionales con capacitación adecuada a través de la captación de personal especializado,
desarrollando un “Programa de Técnicos de Comercio Exterior para la Industria”, a través
del cual, una selección de jóvenes talentos de Madrid desarrollarían un programa de formación especializada y trabajo de prospección en el exterior, analizando mercados y detectando oportunidades de negocio. A su regreso se incorporarían durante seis (6) meses a empresas industriales, empresas de servicios de apoyo a la industria o asociaciones empresariales
industriales de la Comunidad de Madrid.
El Convenio Subvención firmado por la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, y la Cámara Oficial de Comercio,
Industria y Servicios de Madrid, el 10 de diciembre de 2020, así como la Adenda al Convenio firmada el 23 de abril de 2021, permitió poner en marcha el “Programa de Técnicos
de Comercio Exterior para la Industria de la Comunidad de Madrid”. Gracias al actual desarrollo de sus dos primeras ediciones, han sido formadas como técnicos especialistas en
Comercio Exterior más de 70 personas, y 20 de ellas han realizado prácticas en diferentes
Oficinas Económicas y Comerciales de España en Exterior, y se han incorporado para ello
otras 20 en enero de 2023.
Los buenos resultados del programa obtenidos hasta el momento y el impacto positivo
en la reactivación de tejido empresarial industrial madrileño, en la atracción de talento, y en
la incorporación a nuevos mercados, entre otros, son factores que justifican la necesidad de
dar continuidad a este programa, dando asimismo cumplimiento al compromiso adquirido
en el PICMA 2020-2025. Contribuimos con ello a una mejor resistencia y recuperación frente a los efectos negativos arrastrados de la situación generada por la emergencia sanitaria del
COVID-19 y a enfrentar nuevas circunstancias excepcionales, como son la crisis energética
provocada por la guerra en Ucrania, y los efectos adversos derivados del aumento de la inflación, que pueden lastrar en el corto plazo tanto la demanda interna y externa.
VI. El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, establecen que podrán concederse de forma
directa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
En estos supuestos, el Consejo de Gobierno podrá autorizar la celebración de convenios o acuerdos de colaboración sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones, cuando éstos se encuentren singularizados en el momento de su autorización.
La concurrencia de las circunstancias exigidas en el artículo 4.5.c) queda acreditada mediante informe del Consejero, emitido con fecha 6 de marzo de 2023, en cumplimiento del artículo 4.6 de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo. Dicho Informe fue firmado por delegación
por el Director General de Economía, en base a la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la
BOCM-20230530-34
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 127
mica y para la consolidación de un modelo de crecimiento basado en el avance de la productividad. En una economía de mercado abierta como la madrileña, la internacionalización es determinante ya que proporciona ventajas competitivas en un entorno económico
global. En este sentido, existe abundante evidencia de que las industrias exportadoras son
más grandes, más productivas y tienen una demanda más estable, aguantando mejor las crisis económicas. Sin embargo, existen trabas o dificultades para exportar a nivel informativo, de recursos humanos, financieros, etc., es por ello que se justifica la intervención del
sector público en apoyo a las empresas. La articulación de esta intervención pública, se concretó en la aprobación de un Plan Industrial de la Comunidad de Madrid (PICMA) 2020-2025,
el cual recoge un ejercicio de análisis, diagnóstico, reflexión estratégica y planificación de
las actuaciones del Gobierno en materia de Política Industrial. De esta manera, se constituye como una guía para estructurar y coordinar los retos de promoción industrial de las distintas áreas de gobierno implicadas. Con él, se busca generar unas condiciones adecuadas
que refuercen el ecosistema industrial madrileño con una orientación clara al incremento de
la competitividad de nuestras industrias a partir de una orientación hacia la I+D+i, hacia la
especialización, y hacia la internacionalización.
El Plan Industrial de la Comunidad de Madrid define seis objetivos estratégicos, cada
uno de los cuales se desagrega en diversos instrumentos o herramientas que incluyen una
serie de actuaciones específicas. El objetivo estratégico 4 busca aumentar la orientación de
las empresas madrileñas hacia el exterior e incrementar su participación en las cadenas de
valor globales. En lo referente al cumplimiento de este objetivo estratégico, señala que el
proceso de internacionalización de éxito de una industria debe apoyarse en unos cuadros
profesionales con capacitación adecuada a través de la captación de personal especializado,
desarrollando un “Programa de Técnicos de Comercio Exterior para la Industria”, a través
del cual, una selección de jóvenes talentos de Madrid desarrollarían un programa de formación especializada y trabajo de prospección en el exterior, analizando mercados y detectando oportunidades de negocio. A su regreso se incorporarían durante seis (6) meses a empresas industriales, empresas de servicios de apoyo a la industria o asociaciones empresariales
industriales de la Comunidad de Madrid.
El Convenio Subvención firmado por la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, y la Cámara Oficial de Comercio,
Industria y Servicios de Madrid, el 10 de diciembre de 2020, así como la Adenda al Convenio firmada el 23 de abril de 2021, permitió poner en marcha el “Programa de Técnicos
de Comercio Exterior para la Industria de la Comunidad de Madrid”. Gracias al actual desarrollo de sus dos primeras ediciones, han sido formadas como técnicos especialistas en
Comercio Exterior más de 70 personas, y 20 de ellas han realizado prácticas en diferentes
Oficinas Económicas y Comerciales de España en Exterior, y se han incorporado para ello
otras 20 en enero de 2023.
Los buenos resultados del programa obtenidos hasta el momento y el impacto positivo
en la reactivación de tejido empresarial industrial madrileño, en la atracción de talento, y en
la incorporación a nuevos mercados, entre otros, son factores que justifican la necesidad de
dar continuidad a este programa, dando asimismo cumplimiento al compromiso adquirido
en el PICMA 2020-2025. Contribuimos con ello a una mejor resistencia y recuperación frente a los efectos negativos arrastrados de la situación generada por la emergencia sanitaria del
COVID-19 y a enfrentar nuevas circunstancias excepcionales, como son la crisis energética
provocada por la guerra en Ucrania, y los efectos adversos derivados del aumento de la inflación, que pueden lastrar en el corto plazo tanto la demanda interna y externa.
VI. El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, establecen que podrán concederse de forma
directa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
En estos supuestos, el Consejo de Gobierno podrá autorizar la celebración de convenios o acuerdos de colaboración sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones, cuando éstos se encuentren singularizados en el momento de su autorización.
La concurrencia de las circunstancias exigidas en el artículo 4.5.c) queda acreditada mediante informe del Consejero, emitido con fecha 6 de marzo de 2023, en cumplimiento del artículo 4.6 de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo. Dicho Informe fue firmado por delegación
por el Director General de Economía, en base a la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la
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