Soto del Real (BOCM-20230530-88)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023

Pág. 409

BOCM-20230530-88

cias que le atribuye la legislación vigente, en concreto el artículo 21 de la Ley 7/85 de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resuelve:
Primero.—Ordenar el desalojo de todas las caravanas, “mobil home” y cuales quiera
otro elemento móvil, antes del próximo 9 de junio al objeto de poder llevar a cabo el Acta
de Recepción por parte de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Segundo.—Advertir a los interesados que en caso de incumplimiento de la orden de
desalojo se procederá por parte del Ayuntamiento a instar la ejecución forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 y siguientes de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procediendo a imponer multas coercitivas, o incluso la compulsión sobre las personas, advirtiendo que las
multas coercitivas son independientes de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible con ellas.
Dichas multas serán de 8 euros diarios, hasta el cumplimiento total de la presente resolución, a partir del 9 de junio de 2023, como medio de ejecución forzosa, previsto en el artículo 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, para el caso de incumplimiento de la presente orden.
Tercero.—Notificar la presente resolución a todos los campistas del camping La Fresneda de Soto del Real.
Cuarto.—Publicar así mismo la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID para aquellos casos que resulte infructuosa la notificación anterior o se ignore
la identidad del titular de los elementos objeto de desalojo conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Quinto.—Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, ante esta Alcaldía , o directamente el contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de ese mismo orden de
Madrid, en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo
ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88 de la LPACAP.
Soto del Real, a 27 de abril de 2023.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.
(02/7.392/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791