C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230529-25)
Acceso ciclos formativos –  Resolución de 18 de mayo, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se concreta para el año 2023 la inscripción en la parte y prueba específica de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 126

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023

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4. Contra la resolución adoptada, la persona interesada podrá interponer, en el plazo
de un mes a partir de su notificación, recurso de alzada ante la Dirección de Área Territorial correspondiente, que resolverá lo que proceda en los términos previstos en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La resolución del titular de la Dirección de Área Territorial, que será motivada, pondrá fin a la vía administrativa.
Octavo
Realización de las pruebas
1. Las pruebas específicas se realizarán en los centros indicados en el apartado segundo de esta resolución entre los días 1 y 12 de septiembre de 2023.
2. La fecha, horario, lugar y materiales necesarios para la realización de los ejercicios de cada prueba se publicarán en los tablones de anuncios y páginas web de los centros
antes del día 15 de julio de 2023.
3. Los contenidos de los ejercicios correspondientes a cada prueba son los establecidos en el anexo XIII del Decreto 187/2021, de 21 de julio, que deberán hacerse públicos en
los lugares indicados en el apartado anterior desde el día en que comienza el plazo de inscripción hasta la fecha en que finalice el plazo de reclamación de las calificaciones obtenidas.
4. El alumnado deberá acudir a las pruebas debidamente identificado con documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente.
Noveno
Normas complementarias
La Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen
Especial elaborará las instrucciones necesarias que garanticen el desarrollo de lo previsto
en esta resolución.
Décimo
Protección de datos
En lo referente a la obtención de los datos personales de los solicitantes y/o sus representantes legales y a la seguridad y confidencialidad de estos, se atenderá a lo dispuesto en
el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y en lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

BOCM-20230529-25

Undécimo
Producción de efectos
La presente resolución tendrá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 18 de mayo de 2023.—El Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, José María Rodríguez Jiménez.