C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230527-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Eempleo, sobre registro, depósito y publicación del Acuerdo de Modificación del convenio colectivo de la empresa Real Madrid Club de Fútbol (excluidos fijos discontinuos)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 125

SÁBADO 27 DE MAYO DE 2023

Pág. 47

ANEXO I
TABLAS SALARIALES
Temporada 2022/2023
SALARIO MENSUAL / ANUAL
Grupo I. Dirección

Salario Mensual / Anual
4.997,03 / 59.964,36
12 MENSUALIDADES AÑO

Grupo II. Jefaturas de Departamento

Salario Mensual / Anual
3.554,53 / 49.763,42

Grupo III. Responsables Medios y Asimilados

Salario Mensual / Anual
2.483,68 / 34.771,52

Grupo IV.: Expertos, Facultativos, Técnicos y Asimilados

Salario Mensual / Anual
2.181,90 / 30.546,60

Grupo V. Ejecutivos, Facultativos, Técnicos y Asimilados

Salario Mensual / Anual
1.132,83 / 15.859,62

Grupo VI: Auxiliares de Operaciones y Subalternos

Salario Mensual / Anual
1.132,83 / 15.859,62

Grupo VII: Empleados con contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios

Salario Mensual / Anual
1.080,00 / 15.120,00

Asimismo las partes acuerdan que se incluya un nuevo artículo en el Convenio Colectivo, el número
47, con el siguiente tenor literal:
"ARTÍCULO 47. OTROS BENEFICIOS SOCIALES (HOSPITAL DIGITAL Y PLAN DE BIENESTAR,
CONCILIACIÓN Y FIDELIZACIÓN DEL TALENTO.
Cada trabajador al que resulte de aplicación el presente Convenio Colectivo tendrá derecho a ser
beneficiario de los siguientes beneficios sociales:
(i)

(ii)

Hospital Digital: consistente en el uso y disfrute de un servicio digital de salud con servicios, a
título ejemplificativo, de asesoramiento médico por chat (medicina general, psicología y
nutrición), consultas médicas telefónicas (medicina general), receta electrónica privada,
chequeo de constantes vitales o evaluador de síntomas.
Plan de Bienestar y Conciliación: consistente en el uso y disfrute de un paquete de servicios
para el bienestar, conciliación y ayuda al empleado para la realización de determinadas
gestiones y obtención de servicios que redunden en su bienestar y conciliación.

El Club se reserva la posibilidad de, a su absoluta discreción elegir los proveedores de tales servicios
y modificarlos en atención a sus intereses en cada momento”.
SEGUNDO: ENTRADA EN VIGOR
Con independencia de su publicación, ambas partes acuerdan que estas modificaciones entrarán en
vigor con efectos de febrero 2023.
TERCERO: REGISTRO Y PUBLICACIÓN
Que, las partes autorizan a D. Manuel López Berraquero, para que efectúe cuantos trámites sean
necesarios y oportunos para el registro y publicación del anterior acuerdo.

Por Real Madrid Club de Fútbol

Por la Representación de los Trabajadores

(03/7.957/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230527-3

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión y de ella la correspondiente acta que, una vez leída
y encontrada de conformidad, se firma por los asistentes en el lugar y fecha arriba indicados.