C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230526-14)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 1764/2023, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda, por la que se convocan ayudas en el marco del Plan Regional de Ascensores de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 50

VIERNES 26 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 124

f) Que cuente con la autorización o autorizaciones administrativas correspondientes.
g) El edificio objeto de la actuación no estará calificado urbanísticamente como fuera
de ordenación o asimilados, salvo que la obra de instalación del ascensor fuera admisible de acuerdo con la normativa urbanística municipal.
h) Los edificios deben estar bien conservados y mantenidos.
i) No haber sido beneficiarios de ninguna otra ayuda por esta misma actuación.
j) Que las obras no estén iniciadas en el momento de publicación de la orden de convocatoria de las ayudas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1581/2023, de 12 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas
del Plan Regional de Ascensores de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de mayo de 2023.
Cuarto
Cuantía
La cuantía de la ayuda será un 80% de la inversión subvencionable, con un importe
máximo por actuación de 90.000 euros.
La inversión subvencionable estará integrada por la suma del coste de la obra de instalación de ascensor y obras complementarias de accesibilidad conforme a presupuesto, honorarios por redacción de proyecto y dirección de obra, IVA (si no se puede repercutir) y
gastos de gestión de la ayuda (con límite de 3.000,00 euros), con exclusión de tasas e ICIO.
El importe del presupuesto destinado a financiar esta convocatoria asciende a una cuantía de 52.000.000,00 de euros, con la siguiente distribución inicial por anualidades:
0,00 euros para el ejercicio 2023; 2.000.000,00 de euros para el ejercicio 2024;
20.000.000,00 de euros para el ejercicio 2025; 20.000.000,00 de euros para el ejercicio 2026
y 10.000.000,00 de euros para el ejercicio 2027.
Quinto
Plazo de presentación

BOCM-20230526-14

El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses desde el día siguiente al de la
publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 24 de mayo de 2023.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Paloma Martín Martín.
(03/9.080/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791