D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230526-21)
Convenio –  Convenio de 3 de mayo de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) a la Mancomunidad Sierra del Rincón, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Sierra Norte. Fase I”, en los municipios de Horcajuelo de la Sierra, Montejo de la Sierra, La Hiruela, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Berzosa del Lozoya, Cervera de Buitrago, El Berrueco, Puentes Viejas, Robledillo de la Jara, Torremocha del Jarama, Madarcos, El Atazar y Patones, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 124

comunidad Sierra del Rincón y, de acuerdo con el artículo 15.2.c) del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre, para financiar el coste de las actuaciones de urbanización, reurbanización
o mejora del entorno físico, la Mancomunidad Sierra del Rincón, podrá percibir hasta un 15
por 100 adicional sobre las cuantías máximas de la ayuda por vivienda que correspondan de
acuerdo con las actuaciones de rehabilitación realizadas en el ERRP. Esta cuantía adicional
no podrá superar, en el conjunto del ERRP, el 100 por 100 de los costes de las actuaciones
de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico.
4. En orden a garantizar el éxito de la ejecución de las obras programadas, la Mancomunidad Sierra del Rincón, en el plazo máximo de un mes desde la firma del presente
Convenio de colaboración, remitirá a la Dirección General con competencias en materia de
vivienda, la siguiente documentación:
a) Certificaciones de gasto de las obras ya efectuadas en el Entorno residencial de
rehabilitación programada finalizadas, siempre que lo hayan sido con posterioridad al 1 de febrero de 2020.
b) Relación de las obras en curso, con expresión del importe presupuestado y el calendario de realización.
c) Relación de las obras programadas pendientes de inicio, especificando para cada
una de ellas el presupuesto del proyecto y un calendario de realización que incluya, al menos, la fecha prevista de licitación, de adjudicación, de inicio de las obras
y de finalización, que en todo caso no podrá ser con posterioridad antes del día 30
de junio de 2026.
Decimoprimera

1. La justificación por la Mancomunidad Sierra del Rincón del cumplimiento de las
condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos se realizará, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 y siguientes del Reglamento General de Subvenciones,
mediante la presentación de una cuenta justificativa que contendrá una memoria de las actuaciones llevadas a cabo y el grado de consecución de los objetivos previstos en la memoria-programa a la que se refiere el artículo 12.3.b) del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, así como de una memoria económica justificativa del coste de las actuaciones
realizadas que contendrá una relación clasificada de las inversiones realizadas, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de
pago, incorporándose asimismo las facturas o documentos de valor probatorio equivalente
y la documentación acreditativa del pago. Si se han producido otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada se indicará el importe recibido y su
procedencia.
2. En ningún caso la Comunidad de Madrid asumirá un posible exceso del coste de
las actuaciones realizadas, exceso que se entenderá íntegramente por cuenta de la Mancomunidad Sierra del Rincón.
3. Las actuaciones objeto de financiación a través de este Programa deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026.
La documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento del objeto de la subvención deberá ser aportada a la Comunidad de Madrid para su verificación antes del 10 de noviembre de 2026 para posterior su remisión por parte de ésta una
vez verificada al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con anterioridad
al 31 de diciembre de 2026.
4. Para la liquidación final se deberá aportar por la Mancomunidad Sierra del Rincón una nueva cuenta justificativa en los términos del apartado primero de esta cláusula. En
el supuesto de que se justifiquen inversiones por importe inferior a la subvención reconocida en la liquidación provisional, se procederá al reintegro de la diferencia en la Tesorería
de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, será necesario aportar un certificado expedido y suscrito por el Presidente
de la Mancomunidad Sierra del Rincón que certifique la finalización completa de las actuaciones objeto de la subvención con pronunciamiento expreso de su realización conforme a
lo establecido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. En este certificado se relacionarán los importes de la inversión efectivamente ejecutada por partidas y los importes correspondientes a las ayudas recibidas, acreditando la veracidad en términos contables y presupuestarios.

BOCM-20230526-21

Justificación y liquidación