D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230526-21)
Convenio – Convenio de 3 de mayo de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) a la Mancomunidad Sierra del Rincón, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Sierra Norte. Fase I”, en los municipios de Horcajuelo de la Sierra, Montejo de la Sierra, La Hiruela, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Berzosa del Lozoya, Cervera de Buitrago, El Berrueco, Puentes Viejas, Robledillo de la Jara, Torremocha del Jarama, Madarcos, El Atazar y Patones, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 124
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en cuyo anexo VI se incluyen los campos
de intervención a los que corresponden las actuaciones subvencionables de los
programas del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, según quedan especificados en la definición de cada uno de los programas, así como con lo requerido en
la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
Plan de Recuperación y Resiliencia de España (CID). En caso de incumplimiento
del principio DNSH, del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en el
anexo a la CID y en los apartados 3, 6 y 8 del componente 2 del PRTR, se deberán reintegrar las cuantías percibidas.
t) La Mancomunidad Sierra del Rincón estará obligada a acreditar la titularidad real,
a autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las
declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241. Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco
del MRR se considerarán obligaciones para el destinatario último, el registro de
sus datos en una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como
la sujeción a los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión
Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
u) Cumplir con las obligaciones inherentes a la condición de la Mancomunidad de
entidad ejecutora del PRTR, entre las cuales cabe citar las relativas al cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a subproyecto en el que se integran las actuaciones subvencionadas, las derivadas de la aplicación de la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre, del sistema de información (CoFFEE), de todos los principios transversales del PRTR MRR y de gestión específicos del artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con el mismo nivel de exigencia que el
requerido a las entidades ejecutoras, incluidas las obligaciones de disponer de un
Plan de medidas antifraude, todo ello en virtud de la Resolución 1/2022, de 12 de
abril de la Secretaría General de Fondos Europeos.
v) La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del PRTR,
así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento
al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad
de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las instituciones europeas e informando de lo que sea preciso para alimentar dicho sistema
y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para
la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
w) La Mancomunidad Sierra del Rincón procederá a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las ayudas otorgadas, debiendo realizar una gestión diligente de los fondos públicos percibidos.
Sexta
La entrega de los fondos la Mancomunidad Sierra del Rincón se realizará de acuerdo
con las reglas establecidas a continuación para cada una de las actuaciones que se han programado en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada de “Sierra Norte.
Fase I”:
1. La entrega de los fondos para la constitución de la oficina de rehabilitación tipo
“ventanilla única” que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en
el ERRP, se podrá realizar mediante un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente
Convenio y previa solicitud de la Mancomunidad Sierra del Rincón, todo ello de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por parte de la Mancomunidad Sierra del Rincón.
BOCM-20230526-21
Puesta a disposición de los fondos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 124
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en cuyo anexo VI se incluyen los campos
de intervención a los que corresponden las actuaciones subvencionables de los
programas del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, según quedan especificados en la definición de cada uno de los programas, así como con lo requerido en
la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
Plan de Recuperación y Resiliencia de España (CID). En caso de incumplimiento
del principio DNSH, del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en el
anexo a la CID y en los apartados 3, 6 y 8 del componente 2 del PRTR, se deberán reintegrar las cuantías percibidas.
t) La Mancomunidad Sierra del Rincón estará obligada a acreditar la titularidad real,
a autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las
declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241. Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco
del MRR se considerarán obligaciones para el destinatario último, el registro de
sus datos en una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como
la sujeción a los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión
Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
u) Cumplir con las obligaciones inherentes a la condición de la Mancomunidad de
entidad ejecutora del PRTR, entre las cuales cabe citar las relativas al cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a subproyecto en el que se integran las actuaciones subvencionadas, las derivadas de la aplicación de la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre, del sistema de información (CoFFEE), de todos los principios transversales del PRTR MRR y de gestión específicos del artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con el mismo nivel de exigencia que el
requerido a las entidades ejecutoras, incluidas las obligaciones de disponer de un
Plan de medidas antifraude, todo ello en virtud de la Resolución 1/2022, de 12 de
abril de la Secretaría General de Fondos Europeos.
v) La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del PRTR,
así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento
al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad
de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las instituciones europeas e informando de lo que sea preciso para alimentar dicho sistema
y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para
la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
w) La Mancomunidad Sierra del Rincón procederá a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las ayudas otorgadas, debiendo realizar una gestión diligente de los fondos públicos percibidos.
Sexta
La entrega de los fondos la Mancomunidad Sierra del Rincón se realizará de acuerdo
con las reglas establecidas a continuación para cada una de las actuaciones que se han programado en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada de “Sierra Norte.
Fase I”:
1. La entrega de los fondos para la constitución de la oficina de rehabilitación tipo
“ventanilla única” que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en
el ERRP, se podrá realizar mediante un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente
Convenio y previa solicitud de la Mancomunidad Sierra del Rincón, todo ello de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por parte de la Mancomunidad Sierra del Rincón.
BOCM-20230526-21
Puesta a disposición de los fondos