Madrid (BOCM-20230525-59)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 342

JUEVES 25 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 123

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Aprobación definitiva del Plan Especial de Mejora de Redes Públicas en las parcelas
números 28.648 y 28.660 del Patrimonio Municipal del Suelo, situadas en la calle de El Real
de San Vicente, número 61, ámbito del Suelo Urbanizable Programado 1.04 “Vallecas-La
Atalayuela”, distrito de Villa de Vallecas.—Expediente 135-2021-03040.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de febrero de 2023,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Estimar parcialmente la alegación presentada durante el trámite de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Dirección
General de Planeamiento de 9 de febrero de 2023. Dicho informe estará a disposición del
alegante y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación que se publique en la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el planeamiento se apruebe definitivamente.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Mejora de Redes Públicas en
las parcelas del Patrimonio Municipal del Suelo número 28.648, con calificación industrial, y
número 28.660, anexa de red viaria, en fondo de saco de la calle de El Real de San Vicente,
número 61, en el ámbito del Suelo Urbanizable Programado 1.04 “Vallecas-La Atalayuela”,
distrito de Villa de Vallecas, de iniciativa pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación
de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publican los documentos con
contenido normativo:
NORMAS URBANÍSTICAS

4.1. Disposiciones generales.
El PE prevé cambiar la calificación urbanística pormenorizada actual de la parcela viario en fondo de saco y de la parcela número 28.648 (industrial) del PMS. Mantiene la superficie con calificación de Uso Dotacional (cambia la clase de vía pública por la de zona
verde) y la superficie con calificación industrial “Parque Industrial I-1”.
El PE no altera significativamente la ordenación de ámbito y permite la integración
funcional de un viario en fondo de saco a la parcela utilizada para la construcción de un almacén de bomberos.
Establece una ordenanza específica con las determinaciones establecidas en las “Condiciones particulares de la Edificación”, aplicable a uso alternativos.
4.2. Desarrollo y ejecución del PE.
Como se ha explicado el PE requiere la ejecución de la urbanización y ajardinamiento de la zona verde y la reconfiguración de las parcelas afectadas mediante su parcelación.
4.3. Régimen urbanístico del suelo.
El actual régimen urbanístico está definido en el Plan Parcial 18.202 “La Atalayuela”,
aprobado definitivamente por el Pleno de Ayuntamiento de Madrid el 20/02/2002, afectado por la sentencia STSJ de 27/02/2003 casada parcialmente por la STS de 3/7/2007 Madrid
y que dio lugar al APE.18.06-Vallecas–La Atalayuela, con ordenación específica.

BOCM-20230525-59

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