B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230525-2)
Regulación personal docente –  Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño)
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 123

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023

seño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, convocado por Resolución de 2 de febrero de 2022,
y haber marcado la casilla 5C en el impreso de la solicitud de participación en dicho procedimiento selectivo.
c) Presentarse, en la especialidad a la que se refiere la lista, al procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para ingreso en los
Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas,
Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño, convocado por Resolución
de 20 de diciembre de 2022, y haber marcado la casilla 5C en el impreso de la solicitud de participación en dicho procedimiento selectivo.
d) Presentarse, en la especialidad a la que se refiere la lista, al procedimiento selectivo
para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores
Especialistas en Sectores Singulares en especialidades con atribución docente en
formación profesional (FP), Convocado por la Resolución de 20 de abril de 2023,
y haber marcado la casilla 5C en el impreso de la solicitud de participación en dicho procedimiento selectivo.
En los anteriores apartados b), c) y d) se entenderá por “presentarse al procedimiento
selectivo de ingreso” acudir al llamamiento y entregar el primer ejercicio de la primera
prueba de acuerdo con las instrucciones que determine la dirección general competente en
materia de Recursos Humanos en centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.
La formación y ordenación de las nuevas listas se efectuará una vez finalizados los
mencionados procedimientos selectivos. Quedan sin efecto las listas procedentes de procesos selectivos anteriores, así como las correspondientes a procedimientos extraordinarios
(listas tipo 3) convocados y resueltos con anterioridad a la celebración de este procedimiento selectivo.
Las actuales listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del curso 2022-2023 de las especialidades convocadas en dichos procedimientos selectivos, estarán vigentes hasta la formación de las nuevas listas para el curso 2023-2024
derivadas de la presente Resolución, momento en el cual quedarán sin efecto. Igualmente,
quedarán sin efecto las listas bilingües cuya especialidad de origen haya sido convocada en
los procedimientos selectivos.
3.2.2. Ordenación de las listas: una vez finalizados los procedimientos selectivos, se
procederá a elaborar las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de
interinidad derivadas de dichos procedimientos para el curso escolar 2023-2024, de conformidad con lo señalado en la base primera de esta Resolución.
— Para cada especialidad, los aspirantes se ordenarán en una lista única en función de
la puntuación global obtenida, que será el resultado de sumar las puntuaciones de
cada uno de los apartados de que consta el baremo, según figuran en el Anexo II
de esta Resolución.
— Criterios de desempate: en caso de igualdad de puntuación total, los aspirantes se
ordenarán por la mayor puntuación obtenida en cada uno de los puntos del apartado 1 del Anexo II y por el orden en que aparecen en el mismo. De continuar el
empate, se dará prioridad a quienes tengan puntuación en el apartado 2.2. del
Anexo II. Si persistiera el empate, se ordenarán por la mayor puntuación obtenida en el último procedimiento selectivo.
3.2.3. Baremación de aquellos participantes que forman parte de listas de especialidades convocadas a las que no se presentan: los participantes que durante el curso 2022-2023
formaron parte de listas de especialidades convocadas en este procedimiento que procedan
de procesos selectivos anteriores (tipo 1) y que, no habiendo decaído de las mismas, no se
presenten a los procedimientos selectivos convocados por la Comunidad de Madrid, se
mantendrán en las listas de las que formaban parte.
Las listas de las especialidades en las que no se presenten, se baremarán, aplicando el
Baremo del Anexo II de la presente Resolución, Los apartados 1.2, 1.3 y 1.4 se calcularán
de conformidad con los méritos acreditados en el último proceso selectivo de la especialidad al que se haya presentado el aspirante, sin que el candidato pueda aportar nueva documentación.

Pág. 25

BOCM-20230525-2

BOCM