B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230525-2)
Regulación personal docente –  Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023








B.O.C.M. Núm. 123

Quedan exentos de la presentación de esta documentación aquellos que:
d Fueron nombrados como funcionarios interinos en la Comunidad de Madrid con
posterioridad al 1 de septiembre de 2019 por el mismo Cuerpo y especialidad al
que han sido asignados para el curso 2023-2024.
d Hayan superado la fase de oposición en el mismo Cuerpo y especialidad en alguna
de las últimas cinco convocatorias o diez últimos años en la Comunidad de Madrid.
Si en el título universitario no se especificara la especialidad o idioma de dicha titulación (Maestros de Lengua Extranjera, Ingeniero Técnico, etc.), se aportará el
certificado de notas que permita comprobar que cumple el requisito de la especialidad para la que ha sido asignado.
En el caso de que el aspirante a interinidad no contara con ninguno de los títulos
exigidos para impartir la especialidad por la que ha sido asignado, recogidos en el
Anexo I de la presente Resolución, su nombramiento no se llevará a efecto, pero
permanecerá en la lista, pudiendo ser convocado en el momento en que lo aporte.
Si el aspirante está en más de una lista y el incumplimiento de este requisito no
afectara a todas, podrá seguir siendo convocado por aquellas en las que lo cumpla.
Formación Pedagógica y Didáctica para impartir docencia en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional y de Escuelas de Idiomas: titulación que acredite poseer la formación pedagógica y didáctica necesaria para impartir docencia (exclusivamente para los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas).
Quedan exentos de la presentación de esta documentación aquellos que:
d Formen parten de alguna lista ordinaria definitiva de aspirantes a interinidad,
procedente de procesos selectivos.
Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales: este certificado ha de ser presentado únicamente por los aspirantes a interinidad incluidos en la
relación que se publicará en julio en el portal de la Comunidad de Madrid, para el
Cuerpo de Maestros en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/puestosinterinos-maestros-2023-2024 y para los Cuerpos de Profesores en
https://sede.comunidad.madrid/ofertas-formacion/puestos-interinos-profesores-20232024 , o bien con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal+educación” ( http://comunidad.madrid/servicios/personaleducacion ), siguiendo la secuencia “Profesorado Interino”, “Listas de interinos”
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/profesorado-interino2022-2023#listas-interinos ), de aspirantes a interinidad de los que no se dispone
la información sobre el cumplimiento del requisito previsto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, facilitada por el
Registro Central de Delincuentes Sexuales, hubieran autorizado o no su consulta.
Para el caso de los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, tendrán
que presentar además Certificación negativa de condenas penales expedida por las
autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11
de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá
acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
Declaración de no estar afectado por incompatibilidades y declaración jurada o
promesa: la citada declaración deberá ser suscrita para todos y cada uno de los
nombramientos que se realicen.
Documentación: gestión económica.
a) Aspirantes que no hayan tenido nombramiento como funcionario interino con
posterioridad al 1 de septiembre de 2019.
Aquellos aspirantes que no hayan sido nombrados como funcionarios interinos con posterioridad al 1 de septiembre de 2019 en la Comunidad de Madrid,
deberán presentar adicionalmente la siguiente documentación:
d Fotocopia del DNI en vigor.
d Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF) expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.

BOCM-20230525-2

BOCM