D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230525-48)
Estatutos federación deportiva – Orden 655/2023, de 11 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los estatutos de la Federación Madrileña de Deportes de Discapacitados Físicos, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 314
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 123
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación del artículo 3 de los estatutos de la Federación Madrileña de
Deportes de Discapacitados Físicos conforme queda redactado en el anexo de la presente
Orden y disponer su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad
de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los estatutos de la Federación Madrileña de
Deportes de Discapacitados Físicos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 11 de mayo de 2023.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Fernando Benzo Sainz.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA
DE DEPORTES DE DISCAPACITADOS FÍSICOS
Las disciplinas deportivas cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Deportes de Discapacitados Físicos, son las siguientes: Atletismo, Automovilismo,
Baloncesto en silla de ruedas, Boccia, Deportes de invierno, Esgrima en silla de ruedas, Fútbol, Halterofilia, Hockey en silla de ruedas eléctrica, Natación, Pádel en silla de ruedas,
Quad-Rugby, Slalom en silla de ruedas, Tiro Olímpico, Tiro con Arco y cualesquiera otras
que en cualquier momento se puedan establecer/añadir cuando su objetivo social sea la promoción y la práctica del deporte de discapacitados físicos, y así figure expresamente en la
normativa reglamentaria.
(03/8.250/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230525-48
Artículo 3
Pág. 314
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 123
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación del artículo 3 de los estatutos de la Federación Madrileña de
Deportes de Discapacitados Físicos conforme queda redactado en el anexo de la presente
Orden y disponer su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad
de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los estatutos de la Federación Madrileña de
Deportes de Discapacitados Físicos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 11 de mayo de 2023.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Fernando Benzo Sainz.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA
DE DEPORTES DE DISCAPACITADOS FÍSICOS
Las disciplinas deportivas cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Deportes de Discapacitados Físicos, son las siguientes: Atletismo, Automovilismo,
Baloncesto en silla de ruedas, Boccia, Deportes de invierno, Esgrima en silla de ruedas, Fútbol, Halterofilia, Hockey en silla de ruedas eléctrica, Natación, Pádel en silla de ruedas,
Quad-Rugby, Slalom en silla de ruedas, Tiro Olímpico, Tiro con Arco y cualesquiera otras
que en cualquier momento se puedan establecer/añadir cuando su objetivo social sea la promoción y la práctica del deporte de discapacitados físicos, y así figure expresamente en la
normativa reglamentaria.
(03/8.250/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230525-48
Artículo 3