D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230525-31)
Cesión de uso –  Orden de 12 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la cesión gratuita de uso, a favor de la Agrupación de Sociedades Laborales de Madrid (Asalma), de los locales ubicados en las plantas baja y primera del edificio sito en la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, para destinarlo a la implantación de la Ventanilla Única de la Economía Social
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 123

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023

Pág. 277

Segunda
Finalidad
1. El inmueble objeto de la cesión solo podrá ser utilizado por la Agrupación de Sociedades Laborales de Madrid (ASALMA) para destinarlo a la implantación de la Ventanilla Única de la Economía Social.
2. El cambio de destino requiere previa autorización de la Comunidad de Madrid.
3. La presente cesión queda limitada al uso de ese inmueble por ASALMA, no pudiendo ser a su vez, a voluntad del cesionario, utilizado por terceras personas, arrendado o
cedido, puesto que estas acciones requieren el uso de facultades dominicales sobre el mismo, y estas facultades siguen recayendo en la Comunidad de Madrid.
4. Corresponderá a la Consejería competente en materia de Autónomos, Economía
Social y Responsabilidad Social de las Empresas, actualmente la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, el velar por el cumplimiento de esa finalidad y ejercer la tutela de la
presente cesión de uso, a través de la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento
y para ello se adscribe a la Consejería competente en la materia.
Tercera
Entrada en vigor y duración de la cesión
1. La cesión entrará en vigor el día en que se dicte la presente Orden de cesión.
2. La duración de la cesión gratuita de uso estará sujeta a la vigencia del convenio
suscrito entre la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la Agrupación de Sociedades Laborales de Madrid (ASALMA), cuya duración prevista es desde su suscripción hasta el 30 de junio de 2027.
3. Finalizada la cesión, el inmueble que constituye su objeto, deberá ser devuelto inmediatamente en adecuado estado de conservación y uso, vacío de mobiliario y enseres y
libre de ocupantes.
4. Se hace constar que ASALMA ya detenta la posesión material del inmueble objeto de la cesión.
Cuarta
Régimen económico
La presente cesión de uso no comporta ningún tipo de contraprestación económica a
favor de la Comunidad de Madrid por parte de la cesionaria.
Quinta
Gastos y tributos
1. La cesionaria deberá hacerse cargo de los gastos por consumo de agua, luz, electricidad o cualquier otro suministro o servicio que requiera la utilización del objeto de la cesión, los cuales deberán ser contratados directamente y puestos a su nombre, siendo por su
cuenta y cargo todos los gastos de contratación, aparatos, instalaciones y demás desembolsos que pudieren exigir las compañías suministradoras correspondientes.
2. Serán a cargo de la parte cesionaria los impuestos, tasas, contribuciones, arbitrios
y otros tributos que graven la propiedad o el uso del objeto cedido durante la vigencia de la
presente cesión. Expresamente la cesionaria asumirá el Impuesto sobre Bienes Inmuebles
y la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades u otra
equivalente que la sustituya, que serán repercutidos por esta administración que mantienen
la condición de sujeto pasivo de los mismos.

Mantenimiento y obras
1. El estado actual del objeto de la cesión es conocido y aceptado por ASALMA.
2. ASALMA se compromete a efectuar a su costa y por su cuenta y riesgo todas las
obras de reforma, adaptación y mejora de las edificaciones y sus instalaciones que sean necesarias para la implantación y puesta en funcionamiento de la actividad objeto de la cesión, de acuerdo con los requerimientos técnicos, legales y urbanísticos que resulten de
aplicación.

BOCM-20230525-31

Sexta