Alcobendas (BOCM-20230524-84)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 326
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 122
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Anuncio de aprobación definitiva de la ordenanza de derogación del reglamento del
Registro Municipal de Familias Numerosas.
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 23
de febrero de 2023, aprobó la ordenanza de derogación del reglamento del registro municipal de familias numerosas. Sometida la misma a información pública (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 68), y sin haberse presentado reclamaciones al mismo (circunstancia ésta acreditada mediante certificado emitido por la Jefa de Atención Ciudadana), por aplicación del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, queda definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces inicial,
procediéndose a su publicación.
Un certificado del acuerdo y el texto de la ordenanza ha sido remitido a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid a los efectos del artículo 65 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en la normativa transcrita, significando que, contra la presente aprobación definitiva, por tratarse de una disposición de carácter
general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar
desde el siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ORDENANZA DE DEROGACIÓN NORMATIVA DEL REGLAMENTO
DE FAMILIAS NUMEROSAS
La calidad de las normas es uno de los factores que determinan la calidad de las instituciones. En este sentido, disponer de un ordenamiento jurídico cierto, claro, integrado y
depurado, que facilite su conocimiento y comprensión, se traduce en una precepción de las
instituciones por parte de la ciudadanía y los operadores jurídicos. Si las reglas de juego no
están claras, las instituciones y los procedimientos se tornan opacos y se dificulta la aceptación y cumplimiento de las normas pro los ciudadanos y empresas.
Bajo esta premisa, se está desarrollando un proceso de revisión de la normativa municipal, con el objetivo de identificar si las distintas normas reguladoras de los ámbitos materiales en los que el Ayuntamiento ha ejercido su potestad normativa eran necesarias o si
había que suprimir alguna de ellas por resultar obsoletas o imponer cargas administrativas
a los ciudadanos; determinar si cumplen con los objetivos para los que fueron aprobadas;
así como valorarlas en el contexto de un marco jurídico normativo más amplio para detectar convergencias, duplicidades y disposiciones redundantes.
Este trabajo de revisión tiene como primera conclusión la obsolescencia del reglamento de
registro de familias numerosas que ha dejado de cumplir la finalidad que justificó su aprobación.
El reglamento de familias numerosas fue aprobado por el Pleno el 26 de mayo de 2009
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 208, de 2 de septiembre de 2009)
tuvo como finalidad crear una base de datos en la secretaría general del Pleno como cauce necesario para acceder a las exenciones y bonificaciones en las tasas y precios públicos municipales. Si bien el requisito del empadronamiento no aparece en el reglamento, ni se dotó a secretaría general del Pleno de ningún aplicativo para implementar esta base de datos, sí se
articuló un procedimiento que resulta a día de hoy contario a la eliminación de cargas administrativas que propugna la Ley 39/2015, toda vez que supone la presentación en nuestro registro
general del título autonómico de familia numerosa en vigor (y copia), y con la obligación ciudadana de presentar las renovaciones del mismo, arrancando desde ahí el trámite municipal de
inscripción / renovación en el registro municipal de familias numerosas decretado con la obligación de obtener de nuestra organización un carnet de familia numerosas municipal (además
BOCM-20230524-84
PREÁMBULO
Pág. 326
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 122
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Anuncio de aprobación definitiva de la ordenanza de derogación del reglamento del
Registro Municipal de Familias Numerosas.
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 23
de febrero de 2023, aprobó la ordenanza de derogación del reglamento del registro municipal de familias numerosas. Sometida la misma a información pública (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 68), y sin haberse presentado reclamaciones al mismo (circunstancia ésta acreditada mediante certificado emitido por la Jefa de Atención Ciudadana), por aplicación del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, queda definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces inicial,
procediéndose a su publicación.
Un certificado del acuerdo y el texto de la ordenanza ha sido remitido a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid a los efectos del artículo 65 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en la normativa transcrita, significando que, contra la presente aprobación definitiva, por tratarse de una disposición de carácter
general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar
desde el siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ORDENANZA DE DEROGACIÓN NORMATIVA DEL REGLAMENTO
DE FAMILIAS NUMEROSAS
La calidad de las normas es uno de los factores que determinan la calidad de las instituciones. En este sentido, disponer de un ordenamiento jurídico cierto, claro, integrado y
depurado, que facilite su conocimiento y comprensión, se traduce en una precepción de las
instituciones por parte de la ciudadanía y los operadores jurídicos. Si las reglas de juego no
están claras, las instituciones y los procedimientos se tornan opacos y se dificulta la aceptación y cumplimiento de las normas pro los ciudadanos y empresas.
Bajo esta premisa, se está desarrollando un proceso de revisión de la normativa municipal, con el objetivo de identificar si las distintas normas reguladoras de los ámbitos materiales en los que el Ayuntamiento ha ejercido su potestad normativa eran necesarias o si
había que suprimir alguna de ellas por resultar obsoletas o imponer cargas administrativas
a los ciudadanos; determinar si cumplen con los objetivos para los que fueron aprobadas;
así como valorarlas en el contexto de un marco jurídico normativo más amplio para detectar convergencias, duplicidades y disposiciones redundantes.
Este trabajo de revisión tiene como primera conclusión la obsolescencia del reglamento de
registro de familias numerosas que ha dejado de cumplir la finalidad que justificó su aprobación.
El reglamento de familias numerosas fue aprobado por el Pleno el 26 de mayo de 2009
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 208, de 2 de septiembre de 2009)
tuvo como finalidad crear una base de datos en la secretaría general del Pleno como cauce necesario para acceder a las exenciones y bonificaciones en las tasas y precios públicos municipales. Si bien el requisito del empadronamiento no aparece en el reglamento, ni se dotó a secretaría general del Pleno de ningún aplicativo para implementar esta base de datos, sí se
articuló un procedimiento que resulta a día de hoy contario a la eliminación de cargas administrativas que propugna la Ley 39/2015, toda vez que supone la presentación en nuestro registro
general del título autonómico de familia numerosa en vigor (y copia), y con la obligación ciudadana de presentar las renovaciones del mismo, arrancando desde ahí el trámite municipal de
inscripción / renovación en el registro municipal de familias numerosas decretado con la obligación de obtener de nuestra organización un carnet de familia numerosas municipal (además
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PREÁMBULO