D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20230524-53)
Convenio –  Convenio de 27 de abril de 2023, entre la Consejería de Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Tres Cantos, por el que el Ayuntamiento de Tres Cantos transmite a la Comunidad de Madrid, por mutación demanial, la propiedad de la finca n.o 71 del plano parcelario del proyecto de construcción “Tercer carril en la carretera M-607, tramo: Tres Cantos Norte-Variante Sur de Colmenar Viejo (M-618)”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 122

MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023

Pág. 251

Serán de aplicación a la actuación de la Comisión las normas de constitución y actuación de los órganos colegiados establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
Cláusula séptima
Causas resolución
Son causa de resolución del presente Convenio las establecidas en el artículo 51 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cláusula octava
Financiación
La presente transmisión se encuentra sujeta y exenta del impuesto sobre transmisiones
patrimoniales y actos jurídicos documentados por razón subjetiva.
Serán a cargo de la Comunidad de Madrid los gastos necesarios para la inscripción registral de la parcela transmitida, que promoverá la parte adquirente.
La firma del presente convenio no conlleva ningún otro gasto económico para la Comunidad de Madrid ni para el Ayuntamiento de Tres Cantos.
Cláusula novena
Régimen jurídico y jurisdicción competente

BOCM-20230524-53

El presente convenio se rige por lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas que
regulan los convenios administrativos, así como por el artículo 24 de la Ley 3/2001, de 21
de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid en la redacción dada por la Ley 2/2004
de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas, que flexibiliza el régimen de disposición de los bienes de dominio público mediante la figura de las mutaciones demaniales
externas.
Igualmente resulta aplicable el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio deberán solventarse por la Comisión Mixta regulada en el mismo. Si no se llegara a un acuerdo, las
cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo de Madrid.
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Ante mí, D. Gerardo Fernández Llorente, Secretario General del Ayuntamiento de
Tres Cantos, que doy fe.
Madrid, a 27 de abril de 2023.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras de la
Comunidad de Madrid, David Pérez García.—El Alcalde de Tres Cantos, Jesús Moreno
García (asistido por el Secretario General del Ayuntamiento de Tres Cantos, Gerardo Fernández Llorente).
(03/7.786/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791