Cabanillas de la Sierra (BOCM-20230522-44)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa entrada vehículos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 120
En los aprovechamientos temporales, la tasa se devengará cuando se inicie la utilización
o aprovechamiento especial y el período impositivo coincidirá con el tiempo autorizado.
Art. 6. Fianza.—En caso de que la creación de la entrada para vehículos o de la reserva de vía pública precise la realización de obras, la solicitud de ocupación del dominio
público conllevará la presentación de fianza por importe de 100,00 euros por metro lineal.
Dicha fianza responderá de la correcta ejecución de la obra y de la reposición del dominio
público a su estado original, una vez finalice la obra.
Art. 7. Infracciones y sanciones.—En todo lo referente a infracciones y sanciones,
será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto, los
artículos 181 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20230522-44
La presente ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno
del Ayuntamiento en sesión celebrada en 20 de febrero de 2023, entrará en vigor y será de
aplicación a partir del mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados
recurso Contencioso-administrativo ante el Tribunal superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses contados a partir al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente. Lo que se hace público para general
conocimiento.
En Cabanillas de la Sierra, a 24 de abril de 2023.—El alcalde-presidente, Jaime García San Martín.
(03/7.896/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 120
En los aprovechamientos temporales, la tasa se devengará cuando se inicie la utilización
o aprovechamiento especial y el período impositivo coincidirá con el tiempo autorizado.
Art. 6. Fianza.—En caso de que la creación de la entrada para vehículos o de la reserva de vía pública precise la realización de obras, la solicitud de ocupación del dominio
público conllevará la presentación de fianza por importe de 100,00 euros por metro lineal.
Dicha fianza responderá de la correcta ejecución de la obra y de la reposición del dominio
público a su estado original, una vez finalice la obra.
Art. 7. Infracciones y sanciones.—En todo lo referente a infracciones y sanciones,
será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto, los
artículos 181 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20230522-44
La presente ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno
del Ayuntamiento en sesión celebrada en 20 de febrero de 2023, entrará en vigor y será de
aplicación a partir del mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados
recurso Contencioso-administrativo ante el Tribunal superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses contados a partir al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente. Lo que se hace público para general
conocimiento.
En Cabanillas de la Sierra, a 24 de abril de 2023.—El alcalde-presidente, Jaime García San Martín.
(03/7.896/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791