D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230519-37)
Convenio –  Convenio de 28 de abril de 2023, entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa) y la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo), para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) integrados en la Red CIRCE
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE MAYO DE 2023

Pág. 149

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
37

CONVENIO de 28 de abril de 2023, entre la Administración General del Estado,
a través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Dirección General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa) y la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo), para el establecimiento de Puntos de
Atención al Emprendedor (PAE) integrados en la Red CIRCE.
INTERVIENEN

De una parte, Francisco Antonio Blanco Ángel, Secretario General de Industria y de
la Pequeña y Mediana Empresa, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado
por Real Decreto 1073/2022, de 27 de diciembre, actuando por delegación de la ministra de
Industria, Comercio y Turismo, según apartado 7 punto 1 a) de la Orden ICT/111/2021 de 5
de febrero, “Boletín Oficial del Estado” de 11 de febrero de 2021.
De otra parte, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, el Ilmo. Sr. D.
Manuel Llamas Fraga, Viceconsejero de Economía, según nombramiento efectuado por
Decreto 127/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, y en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se
desconcentra el Protectorado de Fundaciones, así como por al artículo 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid que regula
las atribuciones de los consejeros y el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de
Madrid.
Ambas partes se reconocen competencia para suscribir el presente convenio y en su virtud

1. Que la Administración General del Estado, a través de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (en lo sucesivo, DGIPYME), dependiente de
la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, integrada en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, tiene encomendada, entre otras funciones la ejecución y seguimiento de las políticas del Gobierno orientadas a facilitar la creación de empresas, gestión del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE)
regulado por el Real Decreto 682/2003, de 7 de junio, y asesoramiento a los emprendedores y a pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 apartado 1.r) del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
2. Que el Gobierno de España ha venido desarrollando una serie de medidas para impulsar y facilitar la creación de empresas, entre otras, el desarrollo del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), el Documento Único Electrónico y la red
de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE).
3. Que la Comunidad de Madrid ostenta la competencia plena en materia de fomento del desarrollo económico de la Comunidad de Madrid, dentro de los objetivos marcados
por la política económica nacional, de acuerdo con el artículo 26.1.17 del Estatuto de Autonomía, con potestad legislativa, reglamentaria y ejecutiva (artículo 26.2 del Estatuto).
4. Que el titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo tiene atribuidas
las competencias establecidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y restantes disposiciones en vigor, correspondiéndole como órgano superior de la administración de la Comunidad de Madrid el
desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno
en las siguientes materias: fomento del desarrollo económico, revisión de la regulación con
incidencia en la economía, estadística, industria, minas, comercio, consumo, autónomos,

BOCM-20230519-37

MANIFIESTAN