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Convenio –  Convenio de 21 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Meco, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la aceleradora de inversiones de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE MAYO DE 2023

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d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) La imposibilidad sobrevenida de su realización.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores, establecida en la legislación
vigente.
El cumplimiento y resolución del convenio tendrá los efectos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En todo caso, y en el supuesto de resolución anticipada del convenio, las Partes se comprometen a cumplir con todas las obligaciones
pactadas que se encuentren en desarrollo hasta la fecha de finalización de cualquier acción que estuviera contemplada en el marco de este convenio y que se hubiera iniciado
con carácter previo al incumplimiento que hubiera motivado la extinción del convenio.
A estos efectos, a la finalización del convenio las Partes fijarán un plazo improrrogable
para la conclusión de estas actividades en curso.
Séptima
Ambas partes serán las responsables del tratamiento de datos personales recabados y
se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir,
modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter
personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid y el
Ayuntamiento de Meco se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las
Partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados
por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid o por el
Ayuntamiento de Meco, respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única
finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
— Por lo que respecta a los datos personales recabados por la Comunidad de Madrid
serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid”, cuya finalidad es “Procedimiento para la declaración de Proyecto de Especial Interés de proyectos de inversión en la Comunidad de Madrid” y cuya base legal es el RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario
para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio
de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Los datos personales podrán ser comunicados a Administraciones Públicas con
competencias en materia de atracción de inversiones y/o intervinientes en los trámites administrativos necesarios para la instalación y desarrollo del proyecto, entre ellos, otros centros directivos de la Comunidad de Madrid.
— Por lo que respecta a los datos personales recabados por el Ayuntamiento de Meco
serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Licencias urbanísticas
y de actividad”, cuya finalidad es “tramitar expedientes de licencias urbanísticas de obras, declaraciones responsables, comunicaciones previas y consultas
urbanísticas” y cuya base legal es “el cumplimiento de una obligación legal, artículo 6.1.c) del RGPD”.
— Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se
cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas, conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme
a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada Parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,

BOCM-20230519-36

Confidencialidad y protección de datos personales