B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230519-6)
Acuerdo mesa sectorial – Acuerdo de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE MAYO DE 2023
Pág. 35
ANEXO
ACUERDO DE 24 DE MARZO DE 2023, DE LA MESA SECTORIAL
DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO, SOBRE COMPOSICIÓN,
ORDENACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y SELECCIÓN DE LAS LISTAS
DE ASPIRANTES A DESEMPEÑAR PUESTOS DOCENTES EN RÉGIMEN
DE INTERINIDAD EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece, en su artículo 37, apartado c), que será
objeto de negociación las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de
planificación de recursos humanos.
Asimismo, la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
de la Comunidad de Madrid, establece que el procedimiento de selección de funcionarios
interinos docentes de ámbito no universitario y toda su normativa de desarrollo debe realizarse por acuerdos con los agentes sociales.
En aplicación de ambos mandatos, se dictó el Acuerdo de 10 de mayo de 2016, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente, el Acuerdo de 3 de
mayo de 2016, de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario, por el que se
ratifica el Acuerdo de 11 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial de Personal Docente no
Universitario, sobre selección de candidatos a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, composición y ordenación de las listas de funcionarios interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Finalizado el período de vigencia del mencionado Acuerdo se ha procedido a negociar
uno nuevo acorde con las actuales necesidades del servicio público educativo, en el que se conjugue una mayor flexibilidad en las listas de interinidad con una puesta en valor del esfuerzo
realizado por los integrantes de las mismas que repercuta en una mejora del sistema educativo.
El presente Acuerdo se suscribe en el marco de la negociación colectiva sectorial para
el personal funcionario docente no universitario, sin perjuicio de su necesaria ratificación
por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en aplicación del artículo 38.3 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
En los casos en que este Acuerdo, su articulado y sus anexos utilizan sustantivos de
género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse
que se hace por mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a
mujeres y hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
En virtud de cuanto antecede, en su reunión de 24 de marzo de 2023, la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
Capítulo I
Ámbito y seguimiento del Acuerdo
Artículo 1
El presente Acuerdo, regula la selección de candidatos a ocupar puestos docentes en
régimen de interinidad, así como la composición y ordenación de las listas de funcionarios
interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, conforme a lo
dispuesto en el capítulo IV del título III del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Artículo 2
Ámbito personal
Este Acuerdo será de aplicación al personal funcionario interino docente no universitario en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230519-6
Ámbito funcional
B.O.C.M. Núm. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE MAYO DE 2023
Pág. 35
ANEXO
ACUERDO DE 24 DE MARZO DE 2023, DE LA MESA SECTORIAL
DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO, SOBRE COMPOSICIÓN,
ORDENACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y SELECCIÓN DE LAS LISTAS
DE ASPIRANTES A DESEMPEÑAR PUESTOS DOCENTES EN RÉGIMEN
DE INTERINIDAD EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece, en su artículo 37, apartado c), que será
objeto de negociación las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de
planificación de recursos humanos.
Asimismo, la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
de la Comunidad de Madrid, establece que el procedimiento de selección de funcionarios
interinos docentes de ámbito no universitario y toda su normativa de desarrollo debe realizarse por acuerdos con los agentes sociales.
En aplicación de ambos mandatos, se dictó el Acuerdo de 10 de mayo de 2016, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente, el Acuerdo de 3 de
mayo de 2016, de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario, por el que se
ratifica el Acuerdo de 11 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial de Personal Docente no
Universitario, sobre selección de candidatos a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, composición y ordenación de las listas de funcionarios interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Finalizado el período de vigencia del mencionado Acuerdo se ha procedido a negociar
uno nuevo acorde con las actuales necesidades del servicio público educativo, en el que se conjugue una mayor flexibilidad en las listas de interinidad con una puesta en valor del esfuerzo
realizado por los integrantes de las mismas que repercuta en una mejora del sistema educativo.
El presente Acuerdo se suscribe en el marco de la negociación colectiva sectorial para
el personal funcionario docente no universitario, sin perjuicio de su necesaria ratificación
por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en aplicación del artículo 38.3 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
En los casos en que este Acuerdo, su articulado y sus anexos utilizan sustantivos de
género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse
que se hace por mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a
mujeres y hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
En virtud de cuanto antecede, en su reunión de 24 de marzo de 2023, la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
Capítulo I
Ámbito y seguimiento del Acuerdo
Artículo 1
El presente Acuerdo, regula la selección de candidatos a ocupar puestos docentes en
régimen de interinidad, así como la composición y ordenación de las listas de funcionarios
interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, conforme a lo
dispuesto en el capítulo IV del título III del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Artículo 2
Ámbito personal
Este Acuerdo será de aplicación al personal funcionario interino docente no universitario en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230519-6
Ámbito funcional