B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230518-16)
Implantación medidas en materia recursos humanos – Acuerdo de 3 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban la modificación de determinadas medidas en materia de recursos humanos contempladas en el Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023 y la determinación y aplicación de nuevos conceptos retributivos para las categorías de médico de familia y pediatra de atención primaria
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BOCM
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 117
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
ACUERDO de 3 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban la modificación de determinadas medidas en materia de recursos humanos
contempladas en el Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023
y la determinación y aplicación de nuevos conceptos retributivos para las categorías de médico de familia y pediatra de atención primaria.
Por Acuerdo de 2 de febrero de 2022, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, aprobó la implantación de medidas en materia de recursos humanos contempladas
en el Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023.
No obstante, y con motivo de dar respuesta a las nuevas necesidades planteadas en el
ámbito de atención primaria y con el objetivo de abordar la insuficiencia de profesionales
en las categorías de médico de familia y pediatra de atención primaria, la Consejería de Sanidad, propone introducir nuevas medidas, tanto organizativas como retributivas, en dos líneas de actuación. Por un lado, mejorar las condiciones laborales e incentivar a los profesionales que existen en la actualidad, y por otro, hacer más atractivas las plazas para atraer
a nuevos profesionales al Servicio Madrileño de Salud.
En lo que respecta a la mejora de las condiciones laborales y organizativas, las líneas
de actuación se orientan a la definición de funciones a desempeñar, gestionando el tiempo
médico a través de la limitación de las agendas y la desburocratización de las labores. Respecto a las mejoras retributivas, mediante la incentivación de los condicionantes asistenciales por ser categoría deficitaria y mediante la incentivación de los puestos de difícil cobertura en el turno de tarde en estas categorías deficitarias.
En ese sentido, se introducen una serie de mejoras para estos profesionales, que implican una modificación de las actuales retribuciones fijadas en el acuerdo de 2 de febrero
de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la implantación de medidas en materia de recursos humanos contempladas en el Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023, con la creación de nuevos conceptos retributivos para las categorías de
médicos de familia y pediatras de atención primaria, como son el complemento de población atendida por categoría deficitaria que sustituye al complemento de productividad fija
por tarjeta sanitaria atendida, el complemento de cobertura de turno de tarde fijo, el complemento de rotación en turno de tarde y los módulos de absorción de la demanda. Estos
módulos de absorción de la demanda sustituyen a los “módulos de productividad variable
por ausencias” creados en el Plan Integral de la Atención Primaria 2022-2023.
Asimismo, el devenir de su aplicación puso de manifiesto algunas deficiencias que era
necesario corregir, al omitir de la percepción de algún complemento retributivo de los fijados en dicho acuerdo a algunas categorías, se hace necesario subsanar, para incluir en su
percepción a las categorías de odontólogo, técnico superior en higiene bucodental, matrona, fisioterapeuta y trabajador social de atención primaria, así como a la de técnico medio
en cuidados auxiliares de enfermería vinculados a las unidades de atención específica de
atención primaria.
Estas acciones han sido negociadas en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad, en
reunión celebrada el 29 de marzo de 2023, sin que se alcanzase acuerdo expreso y formal.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 80.5 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre
del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y del artículo 38.7 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, procede aprobar, por el Consejo de Gobierno, la modificación de determinadas medidas contempladas en materia de Recursos Humanos, en el Plan de Mejora de la Atención Primara, así como la determinación y aplicación
de nuevos conceptos retributivos.
Asimismo, se ha emitido informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
de acuerdo con el artículo 21.9 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 117
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
ACUERDO de 3 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban la modificación de determinadas medidas en materia de recursos humanos
contempladas en el Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023
y la determinación y aplicación de nuevos conceptos retributivos para las categorías de médico de familia y pediatra de atención primaria.
Por Acuerdo de 2 de febrero de 2022, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, aprobó la implantación de medidas en materia de recursos humanos contempladas
en el Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023.
No obstante, y con motivo de dar respuesta a las nuevas necesidades planteadas en el
ámbito de atención primaria y con el objetivo de abordar la insuficiencia de profesionales
en las categorías de médico de familia y pediatra de atención primaria, la Consejería de Sanidad, propone introducir nuevas medidas, tanto organizativas como retributivas, en dos líneas de actuación. Por un lado, mejorar las condiciones laborales e incentivar a los profesionales que existen en la actualidad, y por otro, hacer más atractivas las plazas para atraer
a nuevos profesionales al Servicio Madrileño de Salud.
En lo que respecta a la mejora de las condiciones laborales y organizativas, las líneas
de actuación se orientan a la definición de funciones a desempeñar, gestionando el tiempo
médico a través de la limitación de las agendas y la desburocratización de las labores. Respecto a las mejoras retributivas, mediante la incentivación de los condicionantes asistenciales por ser categoría deficitaria y mediante la incentivación de los puestos de difícil cobertura en el turno de tarde en estas categorías deficitarias.
En ese sentido, se introducen una serie de mejoras para estos profesionales, que implican una modificación de las actuales retribuciones fijadas en el acuerdo de 2 de febrero
de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la implantación de medidas en materia de recursos humanos contempladas en el Plan de Mejora Integral de la Atención Primaria 2022-2023, con la creación de nuevos conceptos retributivos para las categorías de
médicos de familia y pediatras de atención primaria, como son el complemento de población atendida por categoría deficitaria que sustituye al complemento de productividad fija
por tarjeta sanitaria atendida, el complemento de cobertura de turno de tarde fijo, el complemento de rotación en turno de tarde y los módulos de absorción de la demanda. Estos
módulos de absorción de la demanda sustituyen a los “módulos de productividad variable
por ausencias” creados en el Plan Integral de la Atención Primaria 2022-2023.
Asimismo, el devenir de su aplicación puso de manifiesto algunas deficiencias que era
necesario corregir, al omitir de la percepción de algún complemento retributivo de los fijados en dicho acuerdo a algunas categorías, se hace necesario subsanar, para incluir en su
percepción a las categorías de odontólogo, técnico superior en higiene bucodental, matrona, fisioterapeuta y trabajador social de atención primaria, así como a la de técnico medio
en cuidados auxiliares de enfermería vinculados a las unidades de atención específica de
atención primaria.
Estas acciones han sido negociadas en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad, en
reunión celebrada el 29 de marzo de 2023, sin que se alcanzase acuerdo expreso y formal.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 80.5 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre
del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y del artículo 38.7 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, procede aprobar, por el Consejo de Gobierno, la modificación de determinadas medidas contempladas en materia de Recursos Humanos, en el Plan de Mejora de la Atención Primara, así como la determinación y aplicación
de nuevos conceptos retributivos.
Asimismo, se ha emitido informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
de acuerdo con el artículo 21.9 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022.
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