Madrid (BOCM-20230517-56)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan Especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Plan Especial de Mejora de Redes y Ordenación Pormenorizada en la plaza de Lucero.
Distrito de Latina.—Expediente número 135/2022/01388.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de abril de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Estimar parcialmente y desestimar las alegaciones presentadas durante el
trámite de información pública, en los términos y por las razones señaladas en el informe
de la Dirección General de Planificación Estratégica de 24 de marzo de 2023. Dicho informe estará a disposición de los alegantes y de los ciudadanos en general, formando parte de
la documentación que se publique en la página de transparencia del Ayuntamiento de
Madrid, una vez que el planeamiento se apruebe definitivamente.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Mejora de Redes y Ordenación Pormenorizada en la plaza de Lucero, distrito de Latina, de iniciativa pública, con las
modificaciones introducidas en el documento tras el trámite de información pública y los
informes sectoriales emitidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación
de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación, se publica los documentos con contenido normativo:
NORMAS URBANÍSTICAS
TÍTULO 1

Artículo. Objeto y ámbito.
El objeto de este plan especial es la mejora de las determinaciones pormenorizadas relativas a la ordenación, calificación del suelo, condiciones particulares de la edificación y
compatibilidad de usos.
El ámbito del plan especial y de las acciones exteriores quedan delimitados en el plano “PO 01-Plano de calificación y ordenanzas particulares”.
Art. 2. Relación con otras disposiciones normativas.
Este instrumento de planeamiento de desarrollo se encuadra dentro de las previsiones
legales definidas en los artículos 50, 51 y 52 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de
la Comunidad de Madrid.
En todo aquello que no esté expresamente regulado en estas normas urbanísticas se estará a lo establecido en las Normas Urbanísticas (en adelante NNUU) del Plan General de
Ordenación Urbana de Madrid de 1997 (en adelante PGOUM 97) y resto de normativa sectorial de aplicación.
Art. 3. Documentos e interpretación.
La documentación que compone el presente plan especial es conforme a lo establecido
en el artículo 52 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, así

BOCM-20230517-56

Determinaciones generales