C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230517-37)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 4 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones para la implantación de la Ventanilla Única de Economía Social
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BOCM
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 116
ANEXO
ORDEN DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO POR
LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA
LA IMPLANTACIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA DE ECONOMÍA SOCIAL
Ámbito normativo competencial:
— Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Objetivos.
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid considera como objetivo prioritario promover el diseño y desarrollo de fórmulas para mejorar y desarrollar la economía social de la Región con el fin de mejorar la competitividad de las entidades y empresas que la conforman, y de las cooperativas y sociedades laborales en
particular, como modelo de desarrollo económico que muestra mayor resistencia ante situaciones de convulsión económica. También tiene como objetivo prioritario promover el diseño y desarrollo de fórmulas para mejorar y desarrollar la economía social de la Región
con el fin de mejorar la competitividad de las entidades y empresas que la conforman, como
modelo de desarrollo económico que muestra mayor resiliencia ante situaciones de convulsión económica.
La figura del emprendedor constituye un elemento esencial en el presente y futuro de la
economía madrileña. Apoyar la cultura del emprendimiento, el talento, la innovación y
la puesta en marcha de nuevos negocios, así como consolidar y hacer crecer a los existentes,
se configuran como líneas estratégicas. En relación con la economía social, es importante potenciar su crecimiento y consolidación, favoreciendo un modelo de desarrollo económico
que muestra mayor resistencia ante situaciones de convulsión económica.
La economía social representa un modelo empresarial clave para el futuro de Europa
en términos de empleo y cohesión social, y se constituye en actor clave para la implementación de la Agenda 2030. Ha de servir de acelerador de la innovación social y tecnológica
al servicio de las personas y de las comunidades locales. Promueve la economía circular y
favorece la transición ecológica.
3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación.
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo de los objetivos y efectos señalados en el presente plan estratégico, la
cantidad de 714.000 euros (setecientos catorce mil euros).
La financiación se llevará a cabo con cargo a la Sección 13 del programa 241N del
Centro Gestor 120270000 Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, subconcepto 48203 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados automáticamente hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid y 3 del Decreto 137/2022, de 28 de
diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática
de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023, mediante fondos recibidos del Servicio Público
de Empleo Estatal, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
4. Plazo de ejecución.
El presente Plan Estratégico tiene alcance para los años 2023 a 2025.
No obstante, dado que la concesión de estas ayudas se llevará a cabo mediante la concesión directa de una subvención, que se articulara a través de la suscripción de un convenio, en los términos del artículo 4.5 c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo de subvenciones
de la Comunidad de Madrid, el período subvencionable será el establecido en dicho convenio, conforme a lo dispuesto para su vigencia, en el artículo en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20230517-37
Pág. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 116
ANEXO
ORDEN DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO POR
LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA
LA IMPLANTACIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA DE ECONOMÍA SOCIAL
Ámbito normativo competencial:
— Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Objetivos.
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid considera como objetivo prioritario promover el diseño y desarrollo de fórmulas para mejorar y desarrollar la economía social de la Región con el fin de mejorar la competitividad de las entidades y empresas que la conforman, y de las cooperativas y sociedades laborales en
particular, como modelo de desarrollo económico que muestra mayor resistencia ante situaciones de convulsión económica. También tiene como objetivo prioritario promover el diseño y desarrollo de fórmulas para mejorar y desarrollar la economía social de la Región
con el fin de mejorar la competitividad de las entidades y empresas que la conforman, como
modelo de desarrollo económico que muestra mayor resiliencia ante situaciones de convulsión económica.
La figura del emprendedor constituye un elemento esencial en el presente y futuro de la
economía madrileña. Apoyar la cultura del emprendimiento, el talento, la innovación y
la puesta en marcha de nuevos negocios, así como consolidar y hacer crecer a los existentes,
se configuran como líneas estratégicas. En relación con la economía social, es importante potenciar su crecimiento y consolidación, favoreciendo un modelo de desarrollo económico
que muestra mayor resistencia ante situaciones de convulsión económica.
La economía social representa un modelo empresarial clave para el futuro de Europa
en términos de empleo y cohesión social, y se constituye en actor clave para la implementación de la Agenda 2030. Ha de servir de acelerador de la innovación social y tecnológica
al servicio de las personas y de las comunidades locales. Promueve la economía circular y
favorece la transición ecológica.
3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación.
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo de los objetivos y efectos señalados en el presente plan estratégico, la
cantidad de 714.000 euros (setecientos catorce mil euros).
La financiación se llevará a cabo con cargo a la Sección 13 del programa 241N del
Centro Gestor 120270000 Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, subconcepto 48203 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados automáticamente hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid y 3 del Decreto 137/2022, de 28 de
diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática
de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023, mediante fondos recibidos del Servicio Público
de Empleo Estatal, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
4. Plazo de ejecución.
El presente Plan Estratégico tiene alcance para los años 2023 a 2025.
No obstante, dado que la concesión de estas ayudas se llevará a cabo mediante la concesión directa de una subvención, que se articulara a través de la suscripción de un convenio, en los términos del artículo 4.5 c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo de subvenciones
de la Comunidad de Madrid, el período subvencionable será el establecido en dicho convenio, conforme a lo dispuesto para su vigencia, en el artículo en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20230517-37
Pág. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID