Valdilecha (BOCM-20230516-100)
Organización y funcionamiento. Reglamento de honores y distinciones Policía
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 115

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023

Pág. 359

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
100

VALDILECHA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del reglamento de
honores y distinciones honoríficas del Cuerpo de Policía Local de Valdilecha en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento.

Artículo 1. Sin perjuicio de las distinciones, premios o recompensas que pudieran ser
otorgados por otros organismos e instituciones, las personas que integran el Cuerpo de Policía Local podrán ser recompensados por distinguirse notablemente en el cumplimiento de
sus funciones, así como por el mantenimiento de una conducta ejemplar a lo largo de su
vida profesional.
Art. 2. Estas recompensas y distinciones se harán constar en el expediente personal
de la persona interesada y deberán ser valoradas como mérito en los concursos de promoción interna.
Art. 3. El Ayuntamiento de Valdilecha podrá recompensar a los integrantes del
Cuerpo de Policía Local de la siguiente forma:
a) Felicitación pública.
b) Placa insignia con el escudo del Cuerpo de Policía Local.
c) Medalla al mérito policial con distintivo blanco.
d) Medalla al mérito policial con distintivo azul.
e) Medalla al mérito policial con distintivo rojo.
Art. 4. Las felicitaciones públicas tienen por objeto premiar las actuaciones de aquel
personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que destaquen notoriamente, o que por el
riesgo de estas actuaciones comporten, o por la eficacia de los resultados, se consideren meritorias. Las felicitaciones públicas podrán ser:
a) Del Pleno del Ayuntamiento.
b) Del alcalde-presidente.
c) Del concejal-delegado de Seguridad Ciudadana.
d) Del jefe de Policía Local.
Art. 5. Propuestas.—Para la concesión de felicitación pública tipo a) será necesario
informe de la Jefatura del Cuerpo y visto bueno del alcalde y/o concejal con competencias
en la materia, si la delegación incluye esta competencia:
— Para las de tipo b) se hará necesario informe del concejal-delegado.
— Para las de tipo c) serán concedidas por el concejal-delegado a propuesta del jefe
del Cuerpo.
— Para las de tipo d) serán concedidas por el jefe de la Policía tras informe de comunicación al concejal-delegado.
Las felicitaciones se harán por escrito, deberán ser públicas y serán objeto de difusión
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Art. 6. La placa insignia con el escudo del Cuerpo de Policía Local será otorgada a
aquellos miembros del Cuerpo que tengan anotadas dos o más felicitaciones públicas en su
expediente personal durante un año o seis en total desde la última concesión. Asimismo, se
podrá otorgar a aquellos organismos, instituciones, personas físicas u otros Cuerpos de Seguridad que se hayan destacado en sus valores cívicos contribuyendo notoriamente a la labor de la Policía Local de Valdilecha.

BOCM-20230516-100

DE LAS DISTINCIONES HONORÍFICAS
DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL