D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20230516-42)
Convenio –  Convenio de 26 de abril de 2023 entre el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes para la reforestación de parcelas de titularidad pública en su término municipal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 115

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023

Pág. 223

Sexto
Que este convenio es acorde con lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11
de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, en su estructura y contenido, ya que habilita a la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales madrileñas a que
celebren entre sí los convenios que tengan por conveniente en asuntos de su interés común
de acuerdo con los principios establecidos en dicha norma y sin más limitaciones que las
establecidas por la ley y el debido respeto a la autonomía de las entidades que los celebren.
En este sentido, el presente convenio da conformidad a las previsiones del artículo 57
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, y del artículo 10.1
de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de
Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, en la inexistencia de duplicidades ya que la investigación es un ámbito competencial de actuación propia del IMIDRA.
Séptimo
De acuerdo a lo establecido en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, con la suscripción de este convenio se mejora la eficiencia de la gestión pública, se facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, se contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y se cumple con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Por todo lo expuesto, el IMIDRA y el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes suscriben el presente convenio con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto la plantación de cinco parcelas municipales marginales donde se integrarán la planta tradicional y autóctona de la zona con los jardines y
zonas verdes del núcleo urbano, como referente visitable, foco de concienciación, promoción ambiental y conocimiento vegetal entre los habitantes y visitantes del municipio, que
favorezca el medio ambiente y el desarrollo sostenible.
Las cinco parcelas son las siguientes:
— Jardín de C/ Mayor, 47A, con una superficie de 260 m2 y Referencia Catastral
1389203VK8618N0001TY
— Jardines de Plaza del Olmo y entorno de la Iglesia, con una superficie de 250 m2.
— Jardín de las Nogueras, zona trasera de la C/ Fuente del Cura, con una superficie
de unos 800 m2 y Referencia Catastral 1489333VK8618N0001YY.
— Parcela municipal de C/ Cristo del Olvido, bajo los apartamentos rurales, de una
superficie de 90 m2 y jardín de C/ Tinte, a la altura del número 2 A, con una superficie de 45 m2.
— Jardines y taludes de C/ Mayor, a la altura del número 2 y 4, a ambos lados de la
calle, con una superficie de unos 400 m2.
Segunda
EI Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes de Madrid, se compromete a:
— La preparación del terreno y mantenimiento necesario.
— La plantación y colocación de protectores.
— La realización de los riegos necesarios para el buen desarrollo de la plantación.
— El desarrollo de un programa de promoción ambiental en el que se ponga de manifiesto las ventajas y condiciones de estas actuaciones.
Este programa, en lo que se refiere a la población escolar, consistirá en visitas, talleres y plantaciones simbólicas por parte de los alumnos y se incidirá sobre la

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Obligaciones de las partes