D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20230516-42)
Convenio – Convenio de 26 de abril de 2023 entre el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes para la reforestación de parcelas de titularidad pública en su término municipal
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BOCM
Pág. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 115
formación, divulgación y asistencia técnico-económica al medio rural y al sector
agrario y agroalimentario.
— Colaborar con otras entidades de carácter público o privado, para la realización de
actividades de interés común mediante convenios, contratos o proyectos, priorizando todos aquellos que promuevan el equilibrio y la cohesión social y territorial
en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Y entre otras, las funciones de:
— Contribuir al conocimiento del medio rural para el mantenimiento de su identidad
propia, la mejora de su entorno, su paisaje y sus condiciones socioeconómicas y
culturales.
— Prestar servicios, asesorar y suministrar asistencia técnica directa a los órganos de
la administración, asociaciones, empresas, cooperativas y autónomos del sector
agrario y agroalimentario y del medio rural que lo soliciten en asuntos relacionados con la investigación, la tecnología, el desarrollo rural, y la calidad y sanidad
de los cultivos, los animales, las producciones, los productos y los alimentos.
Segundo
Que el IMIDRA en el desarrollo de sus competencias anteriormente descritas a través
de sus Departamentos Agroforestal y Agroambiental desarrolla proyectos de mejora genética y conservación de árboles y plantas autóctonas, para fomentar el desarrollo rural atendiendo a los valores ambientales, a la mejora del entorno y la recuperación de espacios limítrofes del entorno urbano. Por lo que dispone de los medios materiales y humanos, para
proporcionar la planta necesaria y el asesoramiento científico y técnico destinados a cumplir con los compromisos que se establecen en el presente convenio.
Tercero
Que el municipio de Olmeda de las Fuentes cuenta con un importante atractivo ambiental, histórico, cultural y urbanístico. A pesar de ser un municipio pequeño, dispone de
un total de 40 zonas ajardinadas dentro del núcleo urbano que ofrecen una imagen urbana
cuidada, que se pretende potenciar con un proyecto de “zonas verdes urbanas en el ámbito
rural”, con el fin de mejorar las condiciones ambientales del entorno y que constituyan un
referente visitable a añadir a los que ya existen.
Cuarto
Que el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes tiene competencias en materia de parques y jardines públicos, y de protección del medio ambiente urbano, ejerciendo dicho ámbito competencial de conformidad con lo previsto en el apartado b) del artículo 25.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en concreto en
“medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos
sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en
las zonas urbanas”.
Asimismo desarrollará un programa de promoción ambiental y cultural en virtud de lo
establecido en el apartado 1 del artículo 25, “El Municipio, para la gestión de sus intereses
y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal
en los términos previstos en este artículo”, y en el apartado 2.m) del mismo artículo, “Promoción de la cultura y equipamientos culturales” de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Que el IMIDRA y el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes consideran necesario la
colaboración mutua para establecer un proyecto de plantación y establecimiento de diversas plantaciones a lo largo del término municipal que favorezca el medio ambiente y el desarrollo rural del municipio; lo que justifica la necesidad y oportunidad de este convenio
para la consecución de un fin común de interés general.
En consideración con lo anterior, este convenio define las actuaciones de colaboración, a través de diversas actuaciones en materia de trabajos forestales y asesoramiento.
BOCM-20230516-42
Quinto
Pág. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 115
formación, divulgación y asistencia técnico-económica al medio rural y al sector
agrario y agroalimentario.
— Colaborar con otras entidades de carácter público o privado, para la realización de
actividades de interés común mediante convenios, contratos o proyectos, priorizando todos aquellos que promuevan el equilibrio y la cohesión social y territorial
en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Y entre otras, las funciones de:
— Contribuir al conocimiento del medio rural para el mantenimiento de su identidad
propia, la mejora de su entorno, su paisaje y sus condiciones socioeconómicas y
culturales.
— Prestar servicios, asesorar y suministrar asistencia técnica directa a los órganos de
la administración, asociaciones, empresas, cooperativas y autónomos del sector
agrario y agroalimentario y del medio rural que lo soliciten en asuntos relacionados con la investigación, la tecnología, el desarrollo rural, y la calidad y sanidad
de los cultivos, los animales, las producciones, los productos y los alimentos.
Segundo
Que el IMIDRA en el desarrollo de sus competencias anteriormente descritas a través
de sus Departamentos Agroforestal y Agroambiental desarrolla proyectos de mejora genética y conservación de árboles y plantas autóctonas, para fomentar el desarrollo rural atendiendo a los valores ambientales, a la mejora del entorno y la recuperación de espacios limítrofes del entorno urbano. Por lo que dispone de los medios materiales y humanos, para
proporcionar la planta necesaria y el asesoramiento científico y técnico destinados a cumplir con los compromisos que se establecen en el presente convenio.
Tercero
Que el municipio de Olmeda de las Fuentes cuenta con un importante atractivo ambiental, histórico, cultural y urbanístico. A pesar de ser un municipio pequeño, dispone de
un total de 40 zonas ajardinadas dentro del núcleo urbano que ofrecen una imagen urbana
cuidada, que se pretende potenciar con un proyecto de “zonas verdes urbanas en el ámbito
rural”, con el fin de mejorar las condiciones ambientales del entorno y que constituyan un
referente visitable a añadir a los que ya existen.
Cuarto
Que el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes tiene competencias en materia de parques y jardines públicos, y de protección del medio ambiente urbano, ejerciendo dicho ámbito competencial de conformidad con lo previsto en el apartado b) del artículo 25.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en concreto en
“medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos
sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en
las zonas urbanas”.
Asimismo desarrollará un programa de promoción ambiental y cultural en virtud de lo
establecido en el apartado 1 del artículo 25, “El Municipio, para la gestión de sus intereses
y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal
en los términos previstos en este artículo”, y en el apartado 2.m) del mismo artículo, “Promoción de la cultura y equipamientos culturales” de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Que el IMIDRA y el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes consideran necesario la
colaboración mutua para establecer un proyecto de plantación y establecimiento de diversas plantaciones a lo largo del término municipal que favorezca el medio ambiente y el desarrollo rural del municipio; lo que justifica la necesidad y oportunidad de este convenio
para la consecución de un fin común de interés general.
En consideración con lo anterior, este convenio define las actuaciones de colaboración, a través de diversas actuaciones en materia de trabajos forestales y asesoramiento.
BOCM-20230516-42
Quinto