D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230511-38)
Convenio –  Convenio de 24 de abril de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ayuntamiento de Aranjuez, para la gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MAYO DE 2023

Pág. 177

Estos protocolos garantizarán la unidad de actuación del centro en cuanto al diagnóstico de la
adicción, jerarquización de los trastornos además de tomar en consideración también, la presencia
significativa de otras patologías concomitantes y problemas objeto de atención clínica.
Plan Terapéutico:
Todos los pacientes para ser tratados dispondrán de diagnóstico y de un plan terapéutico, ambos se
realizarán por los facultativos del centro en un plazo inferior a 6 días a contar desde la admisión. En
caso de ser aceptado el Plan Terapéutico, el paciente firmará el contrato de adhesión y los
consentimientos informados necesarios
El plan terapéutico se articula en torno a actuaciones calendarizadas de psicoterapia grupal e
individual, atención psiquiátrica y médica, atención de enfermería, tratamientos farmacológicos
supervisados, dispensación de agonistas , educación para la salud y la pauta de las determinaciones
del control del consumo de tóxicos a través de análisis de drogas en orina.
El centro dispondrá de un Protocolo de Tratamiento con prescripciones mínimas según los diferentes
perfiles diagnósticos, teniendo en cuenta la situación de los estados frente al consumo.
En todos los casos se confeccionará el plan individualizado de tratamiento de cada paciente,
dicho plan será sistemáticamente revisado. Tanto la atención psicológica como la determinación del
consumo de tóxicos, estarán siempre y en todos los casos presentes en el plan terapéutico.
Encuesta de Satisfacción de Pacientes:
El centro informará cada seis meses de la satisfacción de los usuarios del servicio, en cuanto a:
rapidez en dar la primera cita; claridad con la que se explica el proceso de valoración, diagnóstico y
tratamiento; trato recibido por parte del personal que le atiende; duración del proceso hasta la
propuesta de tratamiento.
2. Servicio de Seguimiento y Control Terapéutico
Población diana:
x
x

Pacientes diagnosticados de un trastorno por consumo de al menos una droga a los que se ha
establecido un plan terapéutico.
Pacientes con adicciones comportamentales que han sido diagnosticados, y establecido un plan
terapéutico

Contenidos:
El Seguimiento y Control terapéutico tiene como finalidad los cuidados y la remisión de la adicción
en el caso de las adicciones por consumo de drogas y de la ludopatía. En las demás adicciones
comportamentales, el objetivo terapéutico consistirá en el reaprendizaje del control de la conducta
para un uso racional

Se facilitará en igualdad de condiciones y sin discriminación, el acceso a las prestaciones del
tratamiento, según la necesidad individual, prestando una especial atención a aquellos grupos
sociales más vulnerables.
Asimismo se desarrollará un marco de tratamiento con perspectiva de género encaminado al
tratamiento de la adicción en las mujeres.
Todos los pacientes en tratamiento de una adicción por consumo de drogas, mientras no alcancen
una remisión continuada, tendrán terapia psicológica prescrita como mínimo mensual y control de
tóxicos en orina también mensual.
Para el tratamiento con sustitutivos opiáceos se tendrán en cuenta las recomendaciones de las guías
clínicas y los principios del uso racional de los medicamentos, teniendo en cuenta que dicho
tratamiento es coadyuvante al tratamiento de la adicción pero no es el tratamiento de la misma.
El incumplimiento de las prescripciones por parte del paciente, debe ser abordado como un problema
de interés central del propio tratamiento.
El centro dispondrá de un Protocolo para Evaluar la Eficacia del Tratamiento considerando los
estadíos de no respuesta, respuesta, remisión inicial y remisión continuada y los correspondientes
indicadores de evolución clínica.
Encuesta de Satisfacción de Pacientes:
El centro informará cada seis meses de la satisfacción de los pacientes del servicio, en cuanto a:
frecuencia de la atención psicológica; claridad con la que se explica el diagnóstico y las
prescripciones de tratamiento; trato recibido por parte del personal que atiende; número de veces
que es visto al mes por el psicólogo.

BOCM-20230511-38

Condiciones: