D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230510-24)
Convenio – Convenio de 21 de abril de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, para la gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA)
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MAYO DE 2023
Pág. 99
$1(;2,9
$&8(5'2'((1&$5*2'(75$7$0,(172
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y las condiciones para regular el
tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información suministrada y creada entre
ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada por escrito,
de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el
estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a la información y el material
facilitados y recibidos en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y el material que hayan podido recibir como consecuencia
de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en los términos
establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación escrita de las partes
y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Restringir el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en la medida en que
razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución de este convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos relativos a las
cláusulas sobre propiedad intelectual, confidencialidad y obligación de secreto, manteniendo esta
confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado o subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados, voluntarios
o por subcontratados, etcétera.
CLÁUSULAS
El SERMAS tendrá la consideración de Responsable del Tratamiento, y el Ayuntamiento de San Sebastián de
los Reyes tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28
y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
BOCM-20230510-24
PRIMERA. - RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
B.O.C.M. Núm. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MAYO DE 2023
Pág. 99
$1(;2,9
$&8(5'2'((1&$5*2'(75$7$0,(172
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y las condiciones para regular el
tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información suministrada y creada entre
ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada por escrito,
de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el
estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a la información y el material
facilitados y recibidos en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y el material que hayan podido recibir como consecuencia
de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en los términos
establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación escrita de las partes
y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Restringir el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en la medida en que
razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución de este convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos relativos a las
cláusulas sobre propiedad intelectual, confidencialidad y obligación de secreto, manteniendo esta
confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado o subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados, voluntarios
o por subcontratados, etcétera.
CLÁUSULAS
El SERMAS tendrá la consideración de Responsable del Tratamiento, y el Ayuntamiento de San Sebastián de
los Reyes tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28
y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
BOCM-20230510-24
PRIMERA. - RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.